Reglamentos

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

 

ASPECTOS GENERALES

 

1.- Fundamentación

El Colegio Cambridge College Antonio Varas es fundado el 8 de agosto de 1961, respondiendo a la necesidad de contar con un establecimiento de excelencia en la comuna de Providencia. Su filosofía responde a la cultura occidental, humanista-laica, con un claro énfasis en la formación académica de nuestros educandos.

El presente Manual de Convivencia Escolar, contiene las orientaciones y normas sobre las que se sustenta la convivencia escolar en nuestro Colegio y se basa en el Proyecto Educativo Institucional, en las políticas del MINEDUC y en las normativas legales vigentes. Por consiguiente, todas las normas contenidas en él son de cumplimiento obligatorio para todos los integrantes de la Comunidad Escolar y se entiende conocido y aceptado a contar de su publicación.

Este Manual intenta apoyar y dar forma a lo que es la Misión y la Visión del Colegio, vale decir, lograr en los alumnos una formación valórica, de hábitos y actitudes sociales, que unido a una muy buena formación académica, de corte humanista, democrática e integral, les ayude a desenvolverse con éxito en la sociedad, consolidando así la formación de una Personalidad Integral en que prime su autovaloración y el desarrollo del conocimiento.

Los valores y principios que promueve el Colegio fortalecen y apoyan la formación que entregan las familias en el diario vivir, permitiendo que la vida escolar se desarrolle en armonía, respeto, camaradería y solidaridad. No podemos olvidar que la formación de hábitos, valores y normas, se están trabajando no solo para el presente, sino también para el futuro.

Nuestra función como institución es lograr que los valores a los que aspiramos y vivenciamos en todo el proceso educativo, sean los que regulen nuestras acciones, motivados por la satisfacción por ser mejores personas. Además de los objetivos planteados para la educación chilena por el Ministerio de Educación en sus diferentes niveles, nuestro Colegio se propone como fines:

  • Formar personas capaces de asumir responsablemente sus potencialidades y limitaciones en el desarrollo de su proyecto de vida individual y social, adoptando libremente decisiones que le permitan transformarse en un ser valórico e integrado a la sociedad.
  • Desarrollar valores fundamentales que orienten, dirijan y hagan crecer al ser humano en plenitud.
  • Proporcionar al educando los elementos que le permitan alcanzar su máximo desarrollo intelectual, motriz, afectivo y moral.
  • Ser instancia de crecimiento y desarrollo personal para los miembros de la comunidad, respetando la singularidad humana.
  • Impartir, para el año académico que corresponda, las asignaturas acordes con el currículum educativo vigente, para los niveles de enseñanza debidamente reconocidos.

El objetivo del presente Manual es contribuir a un mejor desarrollo integral de la personalidad del educando, mediante la formación de hábitos, actitudes sociales positivas y una participación responsable en las diversas actividades de la vida y el trabajo escolar, además de:

  1. Establecer un mecanismo que entregue, normas, principios y valores que deben ser respetados por los integrantes de la Comunidad Escolar.
  1. Coordinar las acciones a nivel de Establecimiento para solucionar situaciones de conflicto provocadas en la acción cotidiana del trabajo escolar.
  1. Entregar pautas de solución y acuerdo entre las partes afectadas, logrando compromisos formales.
  1. Promover una sana convivencia entre todos los actores del proceso educativo.
  1. Promover la toma de conciencia y el autocontrol del comportamiento de los diversos actores del proceso educativo.

La premisa “Una educación de calidad para todos” presentada por las autoridades ministeriales, es entendida en este establecimiento, desde una concepción de aprendizaje desarrollado dentro de un marco valórico, de hábitos y actitudes sociales positivas.

Por lo tanto, para garantizar que las conductas individuales no afecten el colectivo y la sana convivencia interna, se hace absolutamente necesario reglas o normas de convivencia que garanticen el cuidado de cada integrante de la comunidad, fundamento que sustenta la actualización periódica de este manual, con la participación de distintos agentes escolares.

Durante el mes de marzo socializará con todos los apoderados el contenido de este Manual, a través de la agenda escolar y de la página web.

Para tal efecto, el apoderado tomará conocimiento de él y aceptará su cumplimiento, mediante la firma y aceptación del Contrato de Matrícula. En la página web de establecimiento, estará disponible el documento completo durante todo el año.  www.cambridgecollege.cl

 

DERECHOS Y DEBERES

De la responsabilidad del padre, madre o apoderado en el proceso educativo, sus derechos y deberes.

 

ARTICULO 1º

La familia tiene la responsabilidad de educar al niño o joven de acuerdo a sus valores éticos y sus proyecciones socioculturales concordantes con la comunidad escolar y nacional en que desarrolla su vida.

ARTICULO 2º

La familia elige libremente el Colegio en el que deposita su confianza y en el que los valores fundamentales serán respetados, enriquecidos y se proyectarán en el logro de las expectativas educativas para sus hijos.

ARTICULO 3º

La familia debe conocer a fondo y aceptar los principios educativos, los objetivos propuestos, las normas reguladoras que inspiren el quehacer pedagógico del agente educativo y que apunten a la consecución de los fines generales de la educación y los específicos del Colegio, presentes mayoritariamente en el presente Manual.

ARTICULO 4º

 

Cada alumno del establecimiento deberá tener un apoderado, que puede ser el padre, la madre o, en su defecto, el tutor legal o curador, o un tercero debidamente autorizado. Cualquiera de las personas mencionadas anteriormente que designe en su representación, debe ser mayor de 21 años.

El apoderado es el único representante del alumno ante la Dirección del plantel. Es responsable y supervisor del comportamiento y rendimiento escolar del menor.

Deberes y derechos de los apoderados.

 

ARTICULO 5º

Son tareas del apoderado en relación con su pupilo:

  • Asegurar su asistencia permanente y puntual a clases y evaluaciones.
  • Desarrollar la responsabilidad en el cumplimiento eficiente de sus deberes escolares.
  • Favorecer el buen uso del tiempo libre.
  • Proveer en forma oportuna el material necesario para cada área o subsector.
  • Promover el respeto a las personas aceptándolas con sus virtudes y defectos.
  • Velar y acatar porque el estudiante asista a las evaluaciones de especialistas internos o externos, según sean solicitadas por el (la) profesor(a) jefe (a), psicopedagoga, psicóloga y/o docente-directivo.
  • Es de responsabilidad del apoderado contratar el transporte escolar para su hijo o hija, velando porque este cumpla con todas las normativas legales y tenga permisos vigentes. Asimismo, ante cualquier acción impropia del conductor del transporte escolar contratado, será el apoderado quien decida las acciones a seguir.

Son deberes y/o tareas del apoderado:

 

ARTICULO 6º

  • Prematricular y/o matricular a su hijo en fecha y horario indicado, completando el Contrato de Matrícula en forma fidedigna, respetando y acatando cada uno de sus artículos.
  • La provisión oportuna del uniforme del Colegio y del vestuario deportivo oficial, responsabilizándose por su correcto uso.
  • El cuidado de la libreta de vida escolar del Colegio, documento oficial y único de intercambio de información entre apoderado y Colegio y viceversa, guardando el debido respeto en la forma de plantear sus inquietudes, quejas o sugerencias.
  • Responsabilizarse y supervisar que el estudiante no concurra al establecimiento con juguetes, instrumentos u objetos de valor o dinero que pueda extraviarse, a menos que sea solicitado por el docente. No obstante, su tenencia es de exclusiva responsabilidad de los padres e hijos. Asimismo, el cuidado de los instrumentos musicales, será de exclusiva responsabilidad del estudiante. (en caso imperativo deben dejarse en Secretaría para su custodia).
  • Apoyar y vigilar en el hogar el horario y lugar de estudio del educando.
  • Revisar diariamente la agenda escolar para informarse de las pruebas, reuniones, atrasos, etc., del educando, firmando y validando toda comunicación recibida o enviada.
  • Justificar personalmente la inasistencia de su pupilo, mediante la agenda escolar o a través de correo electrónico, presentando el certificado médico pertinente.
  • Respetar los horarios de entrada (8:15 horas) y salida (16:40 horas) de clases de los alumnos. La recepción de alumnos de Educación Parvularia y Educación Básica es a partir de las 7:30 horas y el retiro es a las 18:00 horas, como máximo. Después de este horario finaliza la jornada de inspectores, quedando los alumnos en patio sin vigilancia directa. Es responsabilidad del apoderado retirar al alumno en el plazo máximo estipulado.
  • No solicitar el retiro de clases de sus hijos, de forma anticipada al término de esta, de modo de resguardar la seguridad de estos y continuidad en el aprendizaje. De ser necesario, por causas excepcionales, el retiro deberá realizarse personalmente y/o deberá solicitarlo por escrito vía Agenda Escolar o Correo electrónico personal. Por motivos de seguridad no se aceptarán otras vías sustitutas de autorización presuntamente del apoderado tales como: llamados telefónicos y otros similares. En situaciones de extrema urgencia, esta situación deberá realizarla personalmente. En todos los casos, el apoderado se hace absolutamente responsable de los eventos que puedan acontecerle al estudiante, una vez que se haya retirado de clases.
  • Asistir al colegio en horario y fechas solicitadas por profesores, inspectores o equipo directivo por situaciones de emergencia.
  • Respetar el conducto regular de formulación de sugerencias, presentación de problemas u otros, siguiendo el presente orden: profesor de asignatura o inspector, profesor jefe, orientadora o psicóloga, coordinadora académica, Jefa de UTP y/o Director.
  • Marcar con nombre, apellido y curso los útiles, vestuario (especialmente ropa de deportes) y otros que el alumno traiga al establecimiento.
  • Cancelar en forma oportuna la escolaridad de su pupilo.
  • Restituir o cancelar oportunamente los daños que el estudiante ocasione a terceros (personas y Colegio).

–      Conocer y aceptar en su totalidad el Manual de Convivencia Escolar.

  • Para proceder a la evaluación diferenciada, permanente o temporal, en la o las asignaturas solicitadas, el apoderado deberá presentar certificado médico o de especialista autorizado a U.T.P. antes del 15 de abril de cada año escolar. Si la situación se presenta durante el año, será evaluada por el equipo directivo y docente.
  • No intervenir en asuntos técnico pedagógicos o administrativos, los que son de exclusiva responsabilidad del estamento docente o directivo del colegio.

ARTICULO 7º

 

Al matricular a su pupilo y firmar el contrato de matrícula la persona obtiene la calidad de Apoderado del Colegio Cambridge College Antonio Varas, comprometiéndose a respetar el Proyecto Educativo, el Manual y Reglamento de Convivencia Escolar, el Reglamento de Promoción y Evaluación y los acuerdos tomados en los Consejos de Evaluación.

Será obligación del apoderado asistir a todas las entrevistas y reuniones de padres y apoderados de curso. Por tratarse de una actividad de tipo comunitario deben permitir un normal desarrollo de esta, respetando la tabla determinada por el Colegio y solicitando una reunión privada con el Profesor jefe en caso de requerir información específica sobre su pupilo u otros aspectos de interés particular. En el caso de las faltas reiteradas o la no concurrencia, el colegio podrá solicitar y/o exigir cambio de apoderado.

ARTICULO 8º

 

Cuando el padre, madre o apoderado, por motivos debidamente justificados, no asista a las reuniones ya fijadas, deberá concurrir al Colegio previa solicitud de entrevista, en horario de atención del profesor respectivo.

 

ARTICULO 9º

 

El apoderado deberá participar y cooperar activamente en las actividades que se organicen en el Colegio, tanto a nivel de curso como a nivel general, apoyando de esta manera la labor desarrollada por la Comunidad Cambridge Antonio Varas en su quehacer educativo.

ARTICULO 10º

 

El apoderado no puede ingresar al Colegio en busca de profesores, inspectores y/o tecnólogas. Si tuviese algún problema, deberá solicitar en Secretaría una entrevista.

 

ARTICULO 11º

 

El apoderado se compromete a respetar a todos los funcionarios del establecimiento tanto en su actividad laboral como personal. Ningún apoderado puede agredir verbal o físicamente a un alumno o miembro de Comunidad Educativa. Su obligación es comunicar oportunamente cualquier situación a las autoridades que correspondan, por lo tanto, no podrá interpelar a un estudiante por un conflicto de su hijo/a.

En caso de incurrir en algún tipo de ofensa, la Dirección del Colegio solicitará el cambio de apoderado en lo que resta del año lectivo o bien en forma permanente. En caso que el apoderado no acate esta situación, el colegio podrá revisar la no renovación de matrícula para el año lectivo siguiente.

No hacer comentarios malintencionados sobre cualquier aspecto que pueda dañar el prestigio del Colegio, o de personas de la Comunidad Educativa, ya sea usando medios verbales, escritos y/o tecnológicos.

ARTICULO 12º

Son derechos de los Padres y Apoderados:

  • A ser tratado con respeto y consideración por toda la comunidad educativa.
  • Como Apoderado tiene el derecho de que su pupilo reciba una educación de acuerdo con el Proyecto Educativo del Colegio.
  • Recibir de parte del Profesor Jefe o Inspector, mediante reuniones y/o entrevista, la información oportuna y adecuada del comportamiento, calificaciones de su pupilo, además de situaciones específicas en torno a otras temáticas, que así lo ameriten.
  • Ser citado oportunamente a reuniones y actividades programadas por el Colegio.
  • Ser informado, por las instancias correspondientes, sobre los procesos de aprendizaje, disciplinarios, desarrollo personal y social de su hijo.

De la relación profesor – alumno.

ARTICULO 13º

 

Las relaciones entre docentes y alumnos deberán regirse sobre la base de un proceso educativo integral y armónico, en que ambos son actores imprescindibles e insustituibles en la acción educativa. Por tanto, es necesario tener presente que:

  • El docente es el responsable que guía, asesora, diagnostica, planifica, motiva, orienta, supervisa y evalúa el proceso educativo del alumno.
  • El alumno, sujeto y destinatario de la educación, debe participar activamente en su propio proceso educativo aprovechando y respetando la experiencia y guía de su profesor.
  • La comunicación entre ambos debe ser fluida, participativa, valorativa, creativa y oportuna.
  • El docente y el alumno se deben mutuo respeto, comprensión y tolerancia frente a sus capacidades limitaciones en la perspectiva en que ambos son personas perfectibles.

Durante el desarrollo de actividades en sus clases, el docente siempre deberá considerar que:

  • Estas tengan un carácter educativo y, que siendo el alumno quien aprende, deben estar centradas en el quehacer del estudiante.
  • Atenderá a sus alumnos en forma puntual y oportuna, hasta el término de su hora de clases.
  • El tiempo destinado al desarrollo de la clase no debe ser ocupado en otras actividades ajenas a ella.
  • Durante el desarrollo de su clase deberá procurar un clima favorable al aprendizaje de los alumnos y sana convivencia escolar, creando instancias para desarrollar competencias, cautelando el orden u la presentación personal de ellos.

 

De los derechos y deberes del estudiante.

 

ARTICULO 14º

Son derechos de los estudiantes:

 

  • Ser tratados con igualdad frente a estas normas y reglamento.
  • Recibir una educación integral.
  • Ser escuchados y respetados por todos los integrantes de la comunidad educativa.
  • Que los docentes utilicen variadas estrategias metodológicas que aseguren el logro de los aprendizajes esperados.
  • Ser escuchados según conducto regular establecido: Profesor (a) de asignatura, Inspector, Profesor (a) jefe, Orientadora o Jefa de UTP y cuando la situación lo amerite, el Director.
  • Recibir respuestas claras y oportunas.
  • Conocer observaciones conductuales positivas o negativas consignadas en el libro de clases.
  • Conocer oportunamente contenidos, objetivos y calendario de evaluaciones en cada asignatura.
  • Ser orientados en aspectos vocacionales y profesionales por la unidad responsable.
  • Solicitar el pase escolar conforme a la normativa vigente.
  • Hacer uso del seguro escolar de accidentes ocurridos en el interior del establecimiento, en el trayecto de ida y regreso y en las salidas autorizadas por el Colegio.
  • Participar en actividades culturales, deportivas y recreativas internas o externas planificadas y autorizadas por el Colegio.
  • A partir de octavo básico, los y las estudiantes, previa autorización de sus padres o apoderados, podrán retirarse del establecimiento en el horario de almuerzo con la obligación de retornar a las 15:00 horas para asistir a las clases de la tarde.

ARTICULO 15º

Son deberes y obligaciones de los estudiantes:

 

  • Conocer, respetar y cumplir el presente Manual y Reglamento de Convivencia Escolar.
  • Estudiar y cumplir responsablemente con sus obligaciones escolares.
  • Tener una actitud de respeto por sí mismo y por todos los integrantes de la comunidad educativa.
  • Prestigiar el nombre de nuestro Colegio, cuidando sus actitudes dentro y fuera de este.

De la presentación personal

 

La presentación personal es una conducta fundamental para estimular el desarrollo de hábitos esenciales en la educación integral de educando.

Del uniforme escolar

ARTICULO 16º

 

Uno de los aspectos más importantes de la presentación personal es el uso del uniforme, ya que ese nivela cualquier diferencia que pueda existir entre los alumnos. La presentación adecuada exige el uso correcto del uniforme del Colegio. Esto es: limpio, en buen estado, pantalón con basta, sweater sin agujeros en los puños y con las prendas de vestir en el lugar que corresponde, la corbata correctamente ajustada al cuello, la camisa ubicada dentro del pantalón, blusa con un largo suficiente que permita mantenerla dentro de la falda durante las actividades de la jornada escolar. Solo se permitirá el uso de polera de color blanco debajo de la camisa.

Párrafo 1: Del Nivel Play Group.

Los alumnos de este nivel visten permanentemente el buzo oficial de Educación Física, más delantal de párvulos (niñas: rojo con bolsillos y cuello gris y niños: gris con bolsillos y cuello rojo). En el invierno: sweater gris con filete doble rojo e insignia bordada, parka o chaquetón azul marino (sin ningún tipo de adornos o partes de otros colores) o casaca polar color gris con insignia. Accesorios: bufanda, guantes, cuellos, gorros, estrictamente de color azul marino o gris en su totalidad (su uso está permitido exclusivamente cuando la situación climática lo amerite). Zapatos negros o zapatillas negras completas, incluida la planta, sin diseño.

Párrafo 2º De las damas

Pre-Kínder a 4º medio: Falda modelo Victoria color gris, sweater gris con filete doble rojo e insignia bordada, calcetas grises con rombos de color rojo, blusa blanca, zapatos negros o zapatillas negras completas, incluida la planta, sin diseño y corbata oficial. En el invierno: sweater gris con filete doble rojo e insignia bordada, pantalón gris, parka o chaquetón azul marino (sin ningún tipo de adornos o partes de otros colores) o casaca polar de color gris con insignia. No se permite el uso de polerón, chaqueta o cortaviento azul, en reemplazo del chaleco oficial. Accesorios: bufanda, guantes, cuellos, gorros, estrictamente de color azul marino o gris en su totalidad (su uso está permitido exclusivamente cuando la situación climática lo amerite). Verano: polera oficial del colegio con cuello.

El uso de delantal es obligatorio. En Play Group, Pre-Kínder y Kínder es delantal de párvulos de color rojo con bolsillos y cuello gris, y de 1º a 6º EGB delantal cuadrillé azul-blanco, debe mantenerse siempre limpio y en buen estado.

Párrafo 3º De los Varones

Pre-Kínder a 4º medio: Pantalón gris usado adecuadamente a nivel de la cadera y de corte regular (no ajustado en las piernas o tipo pitillos), camisa blanca, corbata oficial, zapatos negros o zapatillas negras completas, incluida la planta, sin diseño, calcetas grises, sweater gris con filete doble rojo e insignia bordada. Invierno: parka azul marino (sin ningún tipo de adorno o partes de otros colores) o casaca polar de color gris con insignia. No se permite el uso de polerón, chaqueta o cortaviento azul, en reemplazo del chaleco oficial.  Accesorios: bufanda, guantes, cuellos, gorros, estrictamente de color azul marino o gris en su totalidad (su uso está permitido exclusivamente cuando la situación climática lo amerite). Verano: polera oficial del Colegio con cuello.

El uso del delantal de párvulos de color gris con bolsillos y cuello rojo es obligatorio en Play Group, Pre-Kínder y Kínder, como también el uso de cotona beige de 1º a 6º Básico.

Párrafo 4º Del uniforme de Educación Física

Short, polera oficial con cuello redondo, zapatillas blancas o negras, calcetas blancas, buzo oficial del Colegio.

Solo puede ser utilizado los días con clases de Educación Física y/o Talleres Deportivos (salvo el nivel Play Group).

Del aseo personal

 

ARTICULO 17º

Los varones usarán corte de pelo regular, tradicional, clásico, sin tinturar, quedando visible el cuello de la camisa. Además, deben asistir rasurados.

ARTICULO 18º

No se permitirá en los alumnos(as) el uso de maquillaje, ni de barniz de uñas de colores, cualquier tipo de piercing visible, aros en varones, collares, anillos, pulseras, cadenas, lentes de contacto de colores, hebillas metálicas grandes, otras insignias etc. En el caso de uso de camisetas debajo de la blusa, camisa o polera deberán ser completamente blancas.

ARTICULO 19º

Las damas llevarán peinados y cortes de pelo tradicionales ocupando, cuando sea necesario, pinches y/o cintas azul marino o gris, con el objeto de permitir una correcta visión. No se permitirá el cabello teñido de ningún color. Respecto a las joyas, solo se aceptará el uso tradicional de aros pequeños y discretos.

Toda situación distinta que se presente, en relación a la presentación personal de los alumnos, será calificada y resuelta por el Colegio.

 

De la asistencia y puntualidad

 

La adquisición de hábitos es consecuencia de la práctica constante de ellos y no de la calidad de discursos.  Por ello, es importante la colaboración del hogar en el logro de la puntualidad y asistencia, ya que ambas desarrollarán una cualidad necesaria en la formación integral del alumno.

 

De la asistencia

 

ARTICULO 20º

El alumno deberá asistir a todas las clases y actividades del plan de estudio del curso respectivo y otras que el Colegio asigne. Para ser promovido, el alumno debe asistir a lo menos al 85 % de las actividades lectivas. En caso de tener un porcentaje inferior, será el director quien resuelva, previa revisión de antecedentes y sustento de los antecedentes.

 

ARTICULO 21º

Toda inasistencia del alumno, de 1 a 3 días, será justificada por el apoderado al momento de su reincorporación mediante el uso de la agenda escolar o correo electrónico. Si se trata de la inasistencia a una evaluación, la justificación debe ir acompañada de los antecedentes que ameriten recalendarizarla.

Toda inasistencia superior a 3 días deberá ser justificada personalmente por el apoderado acompañado de la certificación médica respectiva dentro de un plazo de tres días iniciada la ausencia del alumno.

ARTICULO 22º

Toda inasistencia continua por más de 15 días hábiles, sin el cumplimiento del artículo anterior, significará la notificación a la Superintendencia de Educación.

ARTICULO 23º

La inasistencia reiterada se considera falta grave y quedará sujeta a las sanciones que correspondan.

La inasistencia a pruebas y obligaciones escolares deben ser justificadas con certificado médico, o con justificación personal del apoderado, avalada con documentos que respalden lo acontecido.

De la puntualidad

ARTICULO 24º

El alumno ingresará al Colegio a la hora de inicio de la respectiva jornada o con un máximo de antelación que no exceda los 15 minutos, esperando el inicio de su clase con plena disposición para el estudio. El horario de ingreso a clases es a las 08:15 y el término de estas es a las 16:40.

ARTICULO 25º

El ingreso a la sala de clases al término del recreo se hará al toque de timbre, previa formación (cuando corresponda).

 

ARTICULO 26º

Ningún alumno podrá ingresar atrasado a clases debiendo esperar el cambio de hora, lo que implica la pérdida de clases especialmente en la primera hora de la mañana y en la primera hora de la tarde. Para entrar a clases, en estas circunstancias, deberá hacerlo con pase de inspectoría. La inasistencia al bloque de la tarde es considerada una falta grave.

El alumno que llegue después de la 9:00 horas, deberá traer una justificación de su apoderado.

 

ARTICULO 27º

Los atrasos reiterados son falta grave y quedarán sujetos a las sanciones que correspondan.

Del rendimiento escolar

Todo alumno y familia del Cambridge College Antonio Varas proyecta sus estudios hacia la educación superior universitaria, por ello, el rendimiento académico es un factor preponderante en los objetivos institucionales, se considera como un rendimiento satisfactorio un promedio superior a nota 6,0.

ARTICULO 28º

 

Por lo anterior el alumno se compromete a cumplir las siguientes normas:

  • Debe mantener siempre cuadernos y útiles al día con notación clara y comprensible.
  • En caso de ausencia, se obliga a actualizar sus materias y a presentar sus deberes en las fechas establecidas.
  • Rendir las evaluaciones que determine el docente, en las fechas establecidas.
  • Al faltar a una o más evaluaciones deberá presentar el respectivo certificado médico, debiendo rendir la evaluación, en los días próximos a su reintegro o en la fecha que determine el docente, dentro del semestre en el que ocurrió la inasistencia.

Se informará a los apoderados, previa revisión del profesor jefe con su respectivo curso, el Reglamento de Evaluación y Promoción del Cambridge A. Varas, basado en las disposiciones ministeriales vigentes.

De la agenda escolar

 

ARTICULO 29º

La agenda escolar oficial del Colegio es la vía oficial, mediante el cual se comunicarán Colegio -apoderado y viceversa. Su uso es diario, obligatorio y personal. Deberá ser forrada y conservada en forma impecable con toda la individualización del estudiante.

ARTICULO 30º

Se anotarán en la agenda escolar las reuniones, entrevistas, tareas, pruebas, controles, materiales, etc., que el alumno deberá presentar para el día requerido. El apoderado revisará y firmará diariamente. En caso de extravío deberá reponerla en un máximo de cinco (5) días hábiles.

Del patrimonio del Colegio

La labor educativa, desarrollo integral y mejoramiento de la calidad de vida se ven favorecidos cuando el quehacer escolar se desarrolla en un ambiente limpio, hermoso y permanentemente mejorado por quienes lo usufructúan. Por lo tanto, es deber de la Comunidad Cambridge A. Varas responsabilizarse del cuidado del mobiliario e infraestructura del establecimiento.

 

 

ARTICULO 31º

El alumno deberá mantener hábitos de respeto a nuestro entorno material y natural como condición básica para el desarrollo de valores que se traduzcan en la preservación del ambiente y hábitat adecuado para el ser humano.

ARTICULO 32º

En caso de deterioro o destrucción de cualquiera instalación, material, implemento, etc. él o los responsables deberán cancelar la reparación o reemplazo de lo dañado en un plazo no superior a los 3 días.

ARTICULO 33º

Cuando el deterioro sea producto de un desorden o acción intencionada, se registrará en la hoja de vida del alumno, se notificará a inspectoría y se aplicará sanción de falta grave. Las medidas o sanciones se regirán por lo indicado en el presente Manual.

ARTICULO 34º

Al no identificar él o los culpables del deterioro, asumirá la responsabilidad el grupo, los grupos, el curso o los cursos que estuviesen utilizando el material o área dañada.

De la disciplina

Dado que son necesarias las normas de convivencia que permitan la interacción social y el respeto entre los diferentes integrantes de nuestra comunidad y debido también a que, en nuestro espíritu, dichas normas llevan implícita una proposición  más que una pauta rígida cuyo objetivo principal es optimizar el Proceso Enseñanza-Aprendizaje, las sanciones se aplicarán ajustadas a lo establecido en este manual,  atendiendo preferentemente a las personas, respetando las diferencias individuales.

ARTICULO 35º

Todos los alumnos presentarán permanentemente un comportamiento respetuoso y deferente hacia profesores, compañeros de curso, al Colegio y funcionarios en general.

ARTICULO 36º

Los alumnos del  Cambridge College Antonio Varas resguardarán y acrecentarán el prestigio del Colegio en la comunidad cuidando el vocabulario, correcta presentación personal, uso de uniforme oficial y actitudes en la calle, paraderos y vehículos de la locomoción colectiva; como asimismo, no pueden manifestar conductas afectivas de parejas dentro del establecimiento, portar, consumir o presentarse bajo los efectos del alcohol, droga o estupefacientes en actividades del Colegio, sean estas en recinto escolar, paseos de curso, viajes de estudios o actividades en nombre del Colegio.

 

 

ARTICULO 37º

Los alumnos cuidarán su salud y la de los demás no fumando en el recinto del Colegio ni en sus alrededores, así como en el trayecto de ida y vuelta a su casa.

 

USO DE TELÉFONOS CELULARES Y REDES SOCIALES

 

  1. El uso de teléfonos celulares, durante las horas de clases está prohibido. Desde 7° básico hasta IV° medio, podrá ser utilizado de acuerdo a los requerimientos del profesor. Si hay uso indebido de este en las salas de clases o en el patio, el o la docente, al igual que inspectores y equipo directivo, están facultados para hacer el retiro del teléfono celular y entregarlo solo al apoderado.
  2. Si existe alguna urgencia, les solicitamos a los padres y apoderados, comunicarse directamente a Secretaría (Teléfono: 222357845- 222355842).
  3. En caso de que los padres decidan organizarse por grupos de WhatsApp, el Colegio solicita no incluir a los profesores o funcionarios del establecimiento educacional en estas redes, y de respetar la privacidad individual de cada estudiante y trabajador.
  4. Recordamos que la comunicación oficial con el colegio es por medio de la agenda escolar, no siendo los WhatsApp o redes sociales, una forma de comunicación oficial con los funcionarios del colegio.
  5. Se solicita a los padres y apoderados, adecuarse a los conductos formales, y respetar la privacidad de los profesores y funcionarios, y no enviarles notificaciones de amistad para Facebook, Instagram, u otros medios similares.

 

 

 

 

VÍNCULO AFECTIVO Y/O AMOROSO.

Las relaciones de pareja o pololeo dentro del colegio deberán respetar las siguientes normas establecidas por nuestra institución.

  1. Los besos y caricias u otra demostración explícita no deben realizarse al interior del establecimiento
  2. Las parejas no deben esconderse o ubicarse en lugares no visibles para el personal del colegio por la propia seguridad de los estudiantes
  3. Evitar que la relación afecte socialmente a su curso u otro.
  4. Las parejas (pololos) no deben permanecer en el colegio después del horario de clases sin justificación pedagógica y/o sin autorización, al igual que todos los estudiantes, según el reglamento de conducta
  5. De continuar con demostraciones explícitas de pololeo, los estudiantes se derivarán a Inspectoría informando a los apoderados y se aplicarán sanciones disciplinarias, según corresponda del Reglamento.
  6. Los llamados de atención reiterados (desde 3 veces) o incumplimiento de dos de los puntos anteriores se considerará falta grave. Sobre 3 veces en los puntos anteriores será falta muy grave.

Definición de reconocimientos y sanciones.

Las faltas responden a lo establecido en las disposiciones legales que reglamentan la enseñanza, así como las expresadas en este Manual y Reglamento de Convivencia escolar.

El Equipo Directivo del establecimiento, Cuerpo Docente e Inspectores aplicará con  afanes formativos y, apoyados en la normativa vigente, sanciones o medidas pedagógicas, que de acuerdo a la gravedad de las faltas se clasificarán en leve, graves y gravísimas.

Reconocimientos.

 

ARTICULO 38º

 

El reconocimiento a los estudiantes se realizará:

 

-Por Rendimiento Académico y, en general, por conductas positivas que serán reconocidas, durante el acto oficial de premiación al finalizar el año escolar, con entrega de diplomas y/o con envío de cartas de felicitaciones.

-En la hoja de vida de los estudiantes, inserta en el libro de clases, cuyo registro será responsabilidad de los profesores de asignatura y/o jefatura.

-En el Informe de Desarrollo Personal y Social, el Profesor Jefe, registrará el desempeño destacado cuando corresponda.

-En licenciaturas y/o graduaciones.

Sanciones o medidas pedagógicas

 

Cuando los alumnos no respeten las normas, se aplicarán las medidas pedagógicas y/o sanciones conforme a las faltas que hayan cometido.  En el caso de que el apoderado se niegue a tomar conocimiento, se entenderá como conocido y aceptado el hecho, mediante carta por correo certificado o vía correo electrónico. Se considerará para ello:

  • Amonestación oral
  • Amonestación escrita
  • Citación a trabajo extraordinario.
  • Citación al apoderado
  • Firma de Carta de Compromiso de mejora
  • Sanciones formativas y/o citación a reparación
  • Suspensión de clases
  • Condicionalidad
  • Cancelación de la matrícula
  • Expulsión

AMONESTACION ORAL

Corresponde a la llamada de atención ante un comportamiento inadecuado, es una alerta para que se modifique su conducta.

AMONESTACION ESCRITA (Registro libro de clases)

Esta medida se contempla ante situaciones de indisciplina que no hayan sido modificadas pese a advertirse verbalmente o ante situaciones de mayor envergadura en la que debe quedar la constancia escrita en la hoja de vida del alumno.

CITACIÓN A TRABAJO EXTRAORDINARIO

Esta medida se adoptará en el caso de incumplimiento de los deberes escolares. Los apoderados serán informados y los estudiantes citados serán supervisados por el director o los inspectores.

CITACIÓN AL APODERADO

Esta medida se adoptará ante la reiteración de faltas. En conjunto con el alumno, el apoderado asumirá las estrategias que el Colegio determine para superar la problemática, quedando consignado en la hoja de vida del alumno.

FIRMA DE CARTA DE COMPROMISO DE MEJORA

En esta medida se realiza un compromiso formal en todos los aspectos de la vida escolar. Dicho compromiso es adquirido tanto por el estudiante como por el apoderado. Si persistiere el incumplimiento de este, se procederá a la firma de la condicionalidad. No obstante, este compromiso podrá ser mantenido a lo largo del periodo lectivo siguiente, si el Consejo de Profesores así lo definiere. De mantenerse la conducta e incumplir, se procederá a la condicionalidad del estudiante.

SANCIONES FORMATIVAS Y/O CITACIÓN A REPARACIÓN:

El colegio promoverá procesos reflexivos en los alumnos para favorecer que tomen conciencia de las implicancias que sus comportamientos conllevan para sí mismos, para los demás y sobre todo para la sana convivencia de toda nuestra comunidad.

Se pretende abordar formativamente los conflictos, considerándolos como una oportunidad de aprendizaje. Ante un conflicto o una falta, se requiere que las o los involucrados se responsabilicen de las consecuencias de sus acciones y aprendan nuevas alternativas y formas de comportamientos que resulten asertivas. Las medidas reparatorias son pedagógicas, permiten restituir el daño causado.

Las sanciones pueden ser: pedir las disculpas, realizar una carta de compromiso de cambio de actitud, realizar una carta reflexiva de empatía, carta de disculpas, realizar charlas o talleres a niños más pequeños, realizar una carta “contrato de amistad” con el afectado, confeccionar paneles o murales para su sala de clase o colegio sobre algún valor, sumar minutos para que se recupere después de la jornada escolar en casos de impuntualidad reiterados, realizar el trabajo del compañero que fue dañado, invitar a jugar a mi compañero al próximo recreo, realizar el trabajo escolar (no realizado en el aula) en otro horario o como tarea, explicar la materia a mis compañeros al interrumpir la clase, limpiar la sala, mesa o muro cuando ensucio, reponer o reparar la infraestructura del establecimiento dañada, etc.

SUSPENSIÓN DE CLASES.

Será determinada por el Equipo Directivo. Al apoderado se le comunicará, por escrito o personalmente, el motivo y el tiempo de duración. El alumno suspendido no podrá asistir a clases o a cualquier otra actividad hasta que cumpla la sanción, situación que será supervisada por Inspectoría y aplicada de acuerdo a los distintos grados de madurez y responsabilidad; esto es, niveles educativos. La suspensión de clases puede ser por 1, 2 o 3 días de clases.

En casos de faltas que merezcan suspensión, se procederá de la siguiente forma:

  • La primera vez, 1 (un) día de suspensión
  • La segunda vez, 2 (dos) días de suspensión.
  • La tercera vez, 3 (tres) días de suspensión, con causal de condicionalidad.

CONDICIONALIDAD

Es una medida disciplinaria para que el alumno y el apoderado tomen conciencia y se superen las actitudes que llevaron a su implantación. La condicionalidad será resuelta por la Dirección del colegio, una vez consultados algunos de los siguientes estamentos según corresponda: Consejo de Profesores, Orientador, Profesor Jefe y/o Inspectoría. La condicionalidad por conducta se aplicará a los alumnos que cometen una falta grave o mantienen una actitud negativa y reincidente sobre la normativa disciplinaria. La condicionalidad será evaluada en los Consejos de Evaluación, semestralmente. Si la condicionalidad se mantiene para el segundo semestre y, al término del año lectivo se resuelve su caducidad, el estudiante podrá continuar su escolaridad en el establecimiento. En caso contrario, se le informará al apoderado la cancelación de matrícula para el año siguiente.

CANCELACIÓN DE MATRÍCULA

Esta medida disciplinaria será determinada por la Dirección del Colegio, previo análisis con Profesor Jefe, Inspectoría, Consejo de Coordinación y/o el Consejo de Profesores en los siguientes casos:

  • Cuando el comportamiento disciplinario o moral de un alumno hacen aconsejable su salida, una vez realizadas instancias de apoyo para lograr una modificación en su conducta.
  • Alumnos condicionales por conducta o rendimiento que no hayan superado sus dificultades.
  • Cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física o sicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar.
  • En los casos de que la causal invocada corresponda a hechos que afecten gravemente la convivencia escolar, el Director o quien lo represente, habrá dado cuenta de las acciones realizadas previamente, en pro de la mejora conductual del estudiante; sin embargo, esto no será aplicable si la conducta atenta física o sicológicamente a alguno de los miembros de la comunidad escolar.
  • Toda vez que el Director haya aplicado la medida de Cancelación de Matrícula, deberá informarla por escrito a la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación.

EXPULSIÓN

Esta es una medida excepcional y solo podrá ser tomada por el Director del establecimiento en el caso de que un estudiante afecte la integridad física o sicológica de algún miembro de la comunidad educativa o contravenga gravemente las normativas establecidas en este manual. Esta decisión debe ser notificada por escrito al estudiante, padre, madre o apoderado, quienes tendrán derecho a solicitar la reconsideración de la medida aplicada, dentro de los siguientes cinco días hábiles siguientes a dicha notificación.

El Director resolverá, previa consulta al Consejo de Profesores, quienes contarán con todos los informes que le permitan la toma de decisión.

Toda vez que el Director haya aplicado la medida de expulsión, deberá informarla por escrito a la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles.

El Colegio se reserva el derecho de aplicar medidas disciplinarias al alumno(a) que cometiere faltas, aunque no estuvieren incluidas en la precedente enumeración. Cada medida aplicada será comunicada a los padres y/o apoderados.

ARTICULO 39º

Comportamientos Positivos.

Corresponde a todos aquellos comportamientos que contribuyen a un buen desempeño personal y que favorecen una adecuada interacción entre los miembros de la comunidad entre otros:

  • Mantener una muy buena presentación personal y comportamiento durante la jornada escolar.
  • Tener una actitud académica responsable: excelente participación en clases, cumplir con tareas, trabajos y preparación de evaluaciones, etc.
  • Compromiso con el cuidado y aseo de mobiliario, materiales e infraestructura del establecimiento.
  • Colaboración en actividades de su curso, participación responsable y buen comportamiento en actos cívicos, colaboración en campañas solidarias internas en beneficio de la comunidad.
  • Participación destacada en actividades culturales, deportivas u otras, ya sea al interior del Colegio o fuera de este.
  • Mantener una sana convivencia y buen trato con todos los integrantes de la comunidad escolar
  • Resolver pacíficamente y dialogada los conflictos.
  • Expresar valores que implican una buena convivencia como son; el respeto, tolerancia, empatía, colaboración, dialogo, compartir, etc.
  • Otras conductas que ameriten ser destacadas positivamente.

 

ARTICULO 40º

Comportamientos Negativos o Faltas

Serán consideradas faltas leves, graves o gravísimas, todas aquellas actitudes que atenten contra los principios o valores sustentados por la comunidad escolar y aquellas que alteren el normal desarrollo de las actividades del Colegio.

 

 

GRADUALIDAD DE LAS FALTAS, SANCIONES Y/O MEDIDAS PEDAGÓGICAS

 

  1. Faltas leves: Actitud y comportamiento que altere en el normal desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje, que no represente daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad educativa. Ante esta falta, el acto de mediación lo realiza todo docente y funcionario del establecimiento, quien junto con amonestar al estudiante verbalmente lo hace reflexionar sobre su actuar y las consecuencias que pudieran ocasionarle en lo académico y en su formación personal. Toda falta leve en la que se reincida (más de tres veces), será considerada falta grave.
  1. Faltas graves: Actitud o comportamiento que afecta el buen convivir y el proceso de enseñanza y aprendizaje, implicando riesgo para la seguridad escolar o menoscabo de las personas y todas aquellas conductas y actitudes que atenten contra el bien común y del establecimiento. Asimismo, la reiteración de la falta grave se constituye en una falta gravísima.
  1. Faltas gravísimas: Actitud o comportamiento que detiene negativamente el proceso enseñanza y aprendizaje Implicando riesgo para la seguridad escolar o menoscabo de las personas. La reiteración de las faltas graves, constituyen una falta gravísima.

Se considerarán como tal, aquellas que atenten contra los valores fundamentales de nuestro proyecto educativo, las que vulneren la integridad física y psicológica de cualquier miembro de nuestra Comunidad Educativa y las que ponen en peligro la seguridad de los estudiantes u otros integrantes de la misma.

PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Y/O REMEDIALES

Las nociones fundamentales en la determinación de las medidas, consideran el diálogo impulsado por la negociación, el arbitraje y la mediación como claves para la resolución de los conflictos al interior del establecimiento. Estas instancias definirán algunas prácticas como actuaciones para la reparación del daño o los daños que pueden ocasionarse producto de un conflicto, de modo de enriquecer la formación de los estudiantes, desarrollar la empatía, enriqueciendo las relaciones interpersonales, además de potenciar el desarrollo de la autonomía en la resolución de los conflictos.

FALTAS A LA NORMA

Falta a la norma Procedimiento Grado de la falta Nivel/Curso Remedial, sanción o medida reparatoria.
Atrasos Administrativo.  Registro interno. Leve. Play group a IV medio Conversación con el apoderado o el estudiante conforme al nivel.Si la falta se reitera por más de 5 veces, en el caso de Play a Cuarto básico, se cita al apoderado a entrevista.

De quinto básico a Cuarto medio, el estudiante que reitera sus atrasos, debe cumplir con horas extras de estudio supervisado, en el colegio, previamente avisado el apoderado.

Abandono de clases dentro del colegio Administrativo. Anotación en la hoja de vida. Grave Educación básica y media. Registro en la hoja de vida del estudiante.Conversación con el alumno.

Citación al apoderado, si la falta ha sido cometida en alguna oportunidad anterior.

Firma de carta de compromiso.

Abandono de las dependencias del colegio Administrativo/Directivo

Se realiza investigación de las causas probables.

Gravísima Educación básica y media. Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso o de condicionalidad, según atenuantes o agravantes.

Suspensión de clases.

Cancelación de matrícula, según agravantes.

No traer comunicación o justificativos, firmados por el apoderado. Conversación con el estudiante. Solicitud de cumplimiento. En caso de que persista la falta, llamado telefónico al hogar. Leve Play Group a cuarto medio. Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado según agravantes.
Inasistencia a clases de forma reiterada. Administrativo/pedagógico

Conversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso o de condicionalidad, según atenuantes o agravantes

Inasistencia a pruebas Administrativo/pedagógico

Conversación con el (la) estudiante o el (la) apoderado (a) para identificar las posibles causas.

Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso o de condicionalidad, según atenuantes o agravantes.

Presentarse sin el uniforme oficial del colegio o utilizarlo inadecuadamente. Administrativo/pedagógico

Conversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora

Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso.

Utilizar accesorios que no estén contemplados dentro del uniforme escolar (aros, cadenas, vestuario, entre otros). Administrativo/pedagógico

Conversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Leve Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado
Presentación personal inadecuada (cortes de pelo poco tradicionales, maquillaje, varones sin afeitar, cabellos tinturados etc.) Administrativo/pedagógico

Conversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Leve Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado
Deteriorar o destruir el mobiliario o las dependencias del establecimiento. Administrativo /pedagógicoConversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan mejorar el comportamiento del estudiante.

Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso.

Reposición o pago de los gastos generados a partir del deterioro o destrucción del mobiliario o dependencias.

Presentarse a clases sin la agenda escolar o hacer un uso indebido de ella, como, por ejemplo, falsificación de firmas, comunicaciones, justificativos, entre otros Administrativo/pedagógicoConversación con el estudiante para identificar las posibles causas. Leve Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado
Asistir a clases sin el cumplimiento de tareas, trabajos, útiles o materiales solicitados. Administrativo/pedagógicoConversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora.

Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Derivación a inspectoría, UTP para que realice actividades pedagógicas inconclusas.

De quinto a cuarto medio, el estudiante que reitera sus incumplimientos, debe cumplir con horas extras de estudio supervisado, en el colegio, previamente avisado el apoderado.

Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso o condicionalidad, según la persistencia de la falta,  en el tiempo.

Tomar actitudes de indiferencia en clases o realizar acciones que no se correspondan con una actitud adecuada: sentarse inadecuadamente, dormir en clases, no realizar lo solicitado, no responder a las preguntas, hacer cosas distintas a las que se correspondan con la clase, etcétera. Administrativo/pedagógicoConversación con el estudiante para identificar las posibles causas. Leve Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado
Traer al colegio todo tipo de elementos de carácter no pedagógico, como juguetes, aparatos tecnológicos no solicitados para la clase, entre otros. Conversación con el estudiante. Solicitud de cumplimiento. En caso de que persista la falta, llamado telefónico al hogar. Leve Play Group a cuarto medio. Registro en la hoja de vida.Requiso del elemento

Citación al apoderado según agravantes.

Negarse a rendir las evaluaciones o pruebas. Administrativo/pedagógicoConversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora

.

Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Derivación a inspectoría, UTP para que realice evaluaciones inconclusas.

De quinto a cuarto medio, el estudiante que reitera sus incumplimientos, debe cumplir con horas extras de estudio supervisado, en el colegio, previamente avisado el apoderado.

Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso o condicionalidad, según la persistencia de la falta,  en el tiempo.

Copiar o facilitar la copia por parte de compañeros(as). Administrativo/pedagógicoConversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora.

Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Retiro de la(s) prueba(s)

Calificación con nota 1.0

Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso.

Usar vocabulario inapropiado, soez o burlesco que atente, denoste o menoscabe a cualquier miembro de la comunidad educativa. Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija.Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso.

La persistencia de la falta, dará cabida a tomas de medidas más severas.

Maltratar física, verbal o sicológicamente a cualquier miembro del colegio Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija. Inicio de protocolo de investigación. Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora.Si la falta se tipifica como delito se procede a realizar las acciones de denuncia a quien corresponda. Gravísima Educación básica y Educación Media.En el caso de la prebásica, primero y segundo básico, se realizarán acciones de mediación con los estudiantes y sus padres. Amonestación verbalAmonestación escrita

Citación al apoderado.

Firma de carta de Compromiso.

Suspensión de clases

Condicionalidad.

Cancelación de matrícula o expulsión según agravantes.

Generar, portar, publicar o difundir todo tipo de material grabado, ofendiendo pública o privadamente, la honra y el nombre de cualquier integrante de la comunidad escolar. Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija. Inicio de protocolo de investigación. Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora.Si la falta se tipifica como delito se procede a realizar las acciones de denuncia a quien corresponda. Gravísima Educación básica y Educación Media.En el caso de la prebásica, se realizarán acciones de mediación con los estudiantes y sus padres. Amonestación verbalAmonestación escrita

Citación al apoderado.

Firma de carta de Compromiso.

Suspensión de clases

Condicionalidad.

Cancelación de matrícula o expulsión según agravantes.

Destruir intencionalmente, ocultar o apropiarse de bienes ajenos Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija. Inicio de protocolo de investigación. Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora.Si la falta se tipifica como delito se procede a realizar las acciones de denuncia a quien corresponda. Gravísima Educación básica y Educación Media.En el caso prebásica, se realizarán acciones de mediación con los estudiantes y sus padres. Amonestación verbalAmonestación escrita

Citación al apoderado.

Firma de carta de Compromiso.

Suspensión de clases

Condicionalidad.

Cancelación de matrícula o expulsión según agravantes.

Consumir, portar o vender bebidas alcohólicas, cigarrillos o cualquier tipo de droga dentro o fuera del colegio, con o sin uniforme. Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija. Inicio de protocolo de investigación. Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora.Si la falta se tipifica como delito se procede a realizar las acciones de denuncia a quien corresponda. Gravísima Educación básica y Educación Media. Amonestación verbalAmonestación escrita

Citación al apoderado.

Firma de carta de Compromiso.

Suspensión de clases

Condicionalidad.

Cancelación de matrícula o expulsión según agravantes.

Ignorar las llamadas de atención del personal docente, no docente o de cualquier asistente de la educación Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija.Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora. Grave Play Group a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso.

La persistencia de la falta, dará cabida a tomas de medidas más severas.

Realizar cualquier tipo de venta no autorizada al interior del establecimiento Administrativo/pedagógicoConversación con el estudiante para identificar las posibles causas.

Retención del producto hasta que sea retirado por el apoderado.

Leve Primero básico a cuarto medio Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado
Realizar o mantener conductas con carácter sexualizado al interior del establecimiento. Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija.Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora Grave Play Group cuarto medio. Registro en la hoja de vidaConversación con la orientadora, sicóloga u otro profesional que determine el Director.

Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso.

La persistencia de la falta, dará cabida a tomas de medidas más severas.

En el caso de Play Group a segundo básico, se conversará con el niño o niña y su apoderado para consensuar medidas de acción.

Hacer uso indebido de timbres y símbolos oficiales de la institución Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija.Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora. Grave Estudiantes de básica y educación media. Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso o condicionalidad, según agravantes.

Realizar actividades político-partidistas dentro de la institución, así como manifestaciones abiertamente religiosas que puedan afectar a otros. Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija.Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora. Grave Estudiantes de básica y educación media. Registro en la hoja de vida.Citación al apoderado

Firma de carta de compromiso o condicionalidad, según agravantes.

Acosar, intimidar o abusar sexualmente de otro integrante de la comunidad. Conversación con el estudiante con el fin de que asuma su error y lo corrija. Inicio de protocolo de investigación. Citación al apoderado para el acuerdo de estrategias que permitan su mejora.Si la falta se tipifica como delito, se proceden a realizar las acciones de denuncia a quien corresponda. Gravísima Educación básica y Educación Media.En el caso del pre básico, se realizarán acciones de mediación con los estudiantes y sus padres. Amonestación verbalAmonestación escrita

Citación al apoderado.

Firma de carta de Compromiso.

Suspensión de clases

Condicionalidad.

Cancelación de matrícula o expulsión según agravantes.

Derivación a los organismos pertinentes.

Realizar cualquier acción que entorpezca el normal funcionamiento del colegio. El equipo directivo recabará la información de forma oportuna y determinará la existencia de la falta y su grado. Leve-grave-gravísima. Play Group a cuarto año de educación media Amonestación verbalAmonestación escrita

Citación al apoderado.

Firma de carta de Compromiso.

Suspensión de clases

Condicionalidad.

Cancelación de matrícula o expulsión según agravantes.

Cualquier falta que no aparezca estipulada en este manual y que sea considerada como tal por el equipo directivo del colegio. El equipo directivo recabará la información pertinente y determinará la existencia de la falta y su grado. Leve-grave-gravísima. Play Group a cuarto año de educación media Amonestación verbalAmonestación escrita

Citación al apoderado.

Firma de carta de Compromiso.

Suspensión de clases

Condicionalidad.

Cancelación de matrícula o expulsión según agravantes.

Mediación de conflictos

La Mediación se orienta a la reconstrucción de los vínculos y a la reparación, no busca sancionar o encontrar culpables; su objetivo es solucionar los conflictos pacíficamente por medio del diálogo. El sentido es que todos los involucrados puedan generar aprendizajes, experiencias y se comprometan con su propio proceso de formación como seres humanos. Para que esto se produzca, habrán de reconocer el tipo de conflicto, determinar sus posibles causas, generar acuerdos y compromisos. Si estos no se cumplen, se aplicarán las medidas establecidas en el Reglamento.

En la mediación las partes tienen derecho a:

  • Recibir un trato imparcial, objetivo, neutral y no discriminatorio, durante todo el proceso
  • Participar activamente en la construcción de acuerdos

PROCEDIMIENTOS GENERALES

 

Procesos pedagógicos y /o de rendimiento académico.

Los aprendizajes de los estudiantes son de responsabilidad del propio estudiante y del docente en cuanto a la adscripción y utilización de metodologías, diseño y ejecución de la planificación y aplicación de evaluaciones pertinentes para el logro de los objetivos de cada nivel de enseñanza y asignatura. Del mismo modo, detectar las necesidades específicas de cada estudiante y sus requerimientos. Las y los estudiantes deben desarrollar las actividades que le son planteadas con una disposición favorable al desarrollo de nuevos aprendizajes, habilidades y destrezas, no entorpeciendo el clima de clase o el trabajo escolar de sus compañeros/as.

El docente debe propiciar un ambiente acorde para el desarrollo de los aprendizajes, monitoreando permanentemente la convivencia áulica.

Frente a la aparición de factores obstaculizadores del proceso educativo, la institución promocionará la vinculación con la familia como agente fundamental en la resolución de situaciones emergentes. El involucramiento propenderá al fortalecimiento del estudiante en su desarrollo integral. Para ello, el profesor jefe y /o el docente de asignatura, se entrevistará con los padres y/o apoderado para evaluar la progresión en el desarrollo del estudiante.

Como características fundamentales para el desarrollo de los educandos, estos deben contemplar la adquisición y desarrollo del autocontrol y autorregulación, respeto y confianza, proactividad, tolerancia, mantener el diálogo como forma de comunicación, autonomía y disposición favorable hacia el aprendizaje.

Salidas pedagógicas

Las salidas pedagógicas son una instancia de aprendizaje muy importante para la adquisición de habilidades y competencias en la etapa escolar, permiten al docente variar las metodologías de enseñanza y brindar a los alumnos un conocimiento concreto y/o un aprendizaje significativo que les permite acercarse a la realidad circundante y a su cultura.

Las salidas pedagógicas son programadas por los docentes o el equipo directivo. La solicitud debe hacerse con un mínimo de un mes de anticipación, ya que la autorización ministerial requiere ser enviada con diez días de antelación.

Previo a la salida, el inspector y/o el profesor responsable de esta, deberán enviar las autorizaciones de salida a los apoderados, para su correspondiente firma y aprobación, requisito indispensable para permitir la salida de los alumnos del establecimiento. Finalmente, deberán reunir todas las autorizaciones ya firmadas, las que quedarán en el establecimiento. El o la estudiante que no cuente con dicha autorización, deberá permanecer en el establecimiento, realizando las actividades pedagógicas que se le asignen. Paralelamente, su apoderado (a) deberá ser informado (a) por secretaría.

Frente a cualquier comportamiento inadecuado por parte del o la estudiante, se aplicarán las medidas contenidas en este reglamento, ya que se trata de una instancia pedagógica.

 

 

Giras de estudio

La Gira de Estudio es considerada como una instancia formativa de aprendizaje, con un claro sentido formativo pedagógico. Los objetivos que se plantean tienen relación con el fortalecimiento e integración del curso, además de la adquisición de nuevos aprendizajes en pro del desarrollo emocional y social de nuestros estudiantes.

Los cursos autorizados para realizar viajes de gira de estudios son el Octavo Básico y el Tercer año de Educación Media, quienes irán acompañados de su profesor o profesora jefe y de otro profesor o profesora de asignatura, según corresponda, o inspector asignados por la Dirección del Colegio.

Dichas giras serán realizadas en el mes de septiembre, específicamente en el periodo de vacaciones, y deben ser preparadas al menos con un año de antelación.

Estas se programan y se comunican con anticipación a las familias, las cuales deben aceptar y firmar el Reglamento de Giras de Estudio para 8º básico y 3º medio, y las autorizaciones simples o notariales, según corresponda.

Son los apoderados los responsables de la planificación del viaje, deben solicitar y verificar con el tiempo necesario todos los antecedentes de la(s) empresa(s) que prestará(n) los servicios de transporte, estadía u otros que se hubieren contratado para la delegación, además del programa de viaje y el respectivo manual de contingencias.

En el colegio, deben quedar todos los datos de identificación y contacto de los viajantes, asimismo, información de familiares directos a quienes contactar en caso de emergencia y toda la documentación requerida según los requisitos administrativos solicitados para ello.

Los cursos a quienes les corresponda Gira de Estudios podrán realizar actividades para generar recursos. Toda actividad con este fin debe ser conocida con anticipación y autorizada por el Director. El profesor jefe será el responsable de canalizar esta información, participar y supervisar la actividad.

Los polerones que compran voluntariamente nuestros alumnos, con motivo del viaje de estudios, solo podrán ser utilizados durante su gira, dado que no forman parte del uniforme institucional.

Cualquier situación que no esté contenida en este instructivo de actuación, deberá ser resuelta en única instancia por la Dirección del Colegio o quien la represente en el viaje.

 

Alumnos (as) de alto riesgo en educación física

Es de absoluta responsabilidad del padre, madre o tutor hacer entrega de un certificado médico que acredite la condición de salud de un estudiante de alto riesgo para la realización de ejercicios en las clases de educación física u otra actividad deportiva planificada por la institución.

Se les solicitará; por tanto, un certificado médico que indique que el estudiante, no tiene dificultad alguna para realizar ejercicios físicos. Este certificado debe ser entregado durante el mes de marzo a Coordinación y/o UTP o en el momento que se presente alguna situación médica emergente.

Los estudiantes con evidente riesgo por su sobrepeso, deberán ser llevados a especialista para que este acredite la situación de salud en la que el niño, niña o joven se encuentra.

Embarazo adolescente

Como colegio valoramos y favorecemos la abstención de relaciones sexuales en la adolescencia que promueve el desarrollo de una afectividad más sana y liberadora, y por lo mismo más feliz. Esto permite a cada una de las personas involucradas, madurar, crecer y conocerse para ir construyendo un proyecto de pareja armónico y con una proyección sólida hacia el futuro.

Sin embargo, no podemos desconocer el contexto en el que se desarrollan nuestros estudiantes, reconociendo que las relaciones sexuales prematrimoniales y el embarazo adolescente son parte de la realidad de los jóvenes chilenos.

Por lo tanto, es necesario que como colegio adoptemos una posición ante la posibilidad de que alguno de nuestros estudiantes pueda encontrarse en esta situación.

Siguiendo los lineamientos del Colegio Cambridge College. Antonio Varas y de nuestro Proyecto Educativo, nos sentimos con el deber de acoger a nuestras alumnas que, durante su permanencia en el colegio, queden embarazadas o aquellos alumnos que se vean involucrados en el escenario de asumir la maternidad o paternidad.

El acoger a una estudiante en dicha situación implicará flexibilizar el sistema y dar las facilidades del caso para que estos puedan cumplir adecuadamente su rol de padre o madre.

Es necesario que cada caso sea evaluado en forma individual para ver la mejor forma de apoyarlos.

 

En relación con el uso de sustancias ilícitas y alcohol

 

Alcohol

Los estudiantes no pueden consumir o portar alcohol dentro del Colegio. Una acción que contravenga esta norma será considerada una falta gravísima y supondrá la sanción correspondiente según las normas de convivencia.

 

Sustancias ilícitas

El consumo de sustancias ilícitas dentro del colegio es una falta gravísima, merecedora de condicionalidad de matrícula.

Como criterio general, el colegio enfrenta las situaciones graves sabiendo que cada persona es diferente y debe ser analizada en forma particular, consultando a profesores, orientadora y psicóloga. Evaluará el éxito de un tratamiento de rehabilitación, posibilitando la continuidad del estudiante en el colegio, siempre que no haya otros hechos graves que exijan la expulsión del establecimiento.

En las situaciones en que el estudiante no reconozca el consumo de drogas ilícitas y el colegio tenga información, pero no la certeza, los padres deben ser informados de la preocupación del colegio, enfatizando la necesidad de trabajar en conjunto.

Tabaco

El consumo de tabaco por parte de los estudiantes, personal, padres y apoderados, no está permitido dentro del colegio. “Cada joven y adolescente tiene el derecho de ser protegido contra toda promoción del consumo de tabaco y de recibir toda la ayuda, educativa y de cualquier otro tipo, para resistir a la tentación de comenzar a consumir tabaco en cualquiera de sus formas. Cada trabajador tiene el derecho de respirar aire no contaminado por el humo de tabaco en su lugar de trabajo. Cada fumador tiene el derecho de ser estimulado y ayudado para vencer el hábito de fumar” (Carta europea contra el tabaco).

Cabe señalar que la ley N°20105 prohíbe el consumo de tabaco en el interior de recintos escolares.

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

 

 

PRINCIPIOS DE DERECHOS QUE SE APLICARÁN EN EL PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN, EN CUALQUIER CASO.

 

  • Interés superior del estudiante.
  • La presunción de inocencia.

Regla General para aplicar el protocolo de investigación: 

 

El debido proceso, establece como criterio general, que al estudiante que se le impute alguna falta, tenga una instancia que le permita hacer sus descargos, bajo el principio de la presunción de inocencia.

Todo proceso debe ser justo y racional, donde se deben respetar:

  1. a) La Presunción de inocencia
  2. b) El Derecho de Defensa, que incluye:
  • Derecho de conocer los cargos que se hacen.
  • Derecho de hacer descargos y defenderse
  • Derecho de apelar
  • Instancias de revisión: Cuando se aplique la medida de cancelación de matrícula, el alumno(a) afectado podrá solicitar la revisión de la medida ante la instancia de apelación (Dirección del colegio).

Procedimiento general

En ningún caso se debe sancionar sin oír antes al alumno (a) imputado (a) por faltas leves, graves o gravísimas.

El Director o la Encargada de Convivencia debe entrevistar al alumno (a) imputado(a) y a los testigos, para formarse una convicción de los hechos.

Iniciación de la investigación.

 

La investigación para la aplicación de las remediales contempladas en el presente manual podrá iniciarse por cualquier miembro del Comité de Convivencia ante cualquier denuncia presentada en forma oral o escrita.

 

Comisión

En los asuntos de competencia del director, este podrá comisionar para la instrucción del caso al equipo de gestión, a un integrante de este o cualquier otro profesor(a) del Colegio.

 

Apertura de investigación 

Recibida la queja, el director o, en su ausencia, algún miembro del Equipo de Gestión (encargado (a) de Convivencia, Jefa de UTP, Coordinadora), decidirá si procede o no abrir investigación para la aplicación de las remediales pedagógicas y/o sanciones.

Si procede apertura de la investigación para la aplicación de las remediales pedagógicas y/o sanciones, dictará Resolución que así lo decida, en la cual se formulará la falta, indicando las normas no respetadas del reglamento.

 

 

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO Y/O TRÁFICO DE DROGAS AL INTERIOR DEL COLEGIO

 

ENCARGADO DE LA ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO: El responsable de llevar a cabo este protocolo de actuación es el Encargado(a) de Convivencia Escolar o quien determine el director para suplirlo.

 

Frente a situaciones de sospecha de consumo:

  1. El docente que tenga sospecha de consumo de un estudiante, informará al (la) encargado (a) de convivencia escolar y al (la) profesor (a) jefe. Se citará al apoderado del alumno para informar la situación, dejando registro de la entrevista en el libro de clases. En el caso de que no se reconozca problemas de consumo, se realizará monitoreo de la situación.
  2. En el caso de que el estudiante reconozca problemas de consumo, se solicitará al apoderado, a fin de hacerlo partícipe de la situación, que el estudiante tenga atención profesional.
  3. Si el estudiante presenta problemas de consumo, el apoderado tiene la obligación de realizar las acciones necesarias para que el estudiante reciba la atención profesional adecuada y oportuna.
  4. Se realizará el seguimiento del caso a través de la observación directa, en reuniones con el estudiante, apoderado y el profesor jefe. El apoderado debe hacer llegar estado de avance emitido por especialista tratante.
  5. La vía de comunicación será por citación telefónica y/o escrita, dentro del mismo día o del próximo día hábil en el que se conozca la sospecha o confirmación del consumo.
  6. Se velará por mantener la intimidad del estudiante resguardando su integridad.

 

Frente a situaciones de consumo en el establecimiento:

 

  1. Si un estudiante es sorprendido, por un docente o cualquier funcionario del colegio, consumiendo algún tipo de sustancia al interior del establecimiento, será derivado inmediatamente a el encargado(a) de convivencia escolar o a algún miembro del equipo directivo, quién informará al director.
  2. Se comunicará inmediatamente al apoderado del estudiante, para relatar la situación y las acciones a seguir de acuerdo con lo señalado en la ley 20.000.
  3. Derivación al departamento psicoeducativo, quien mantendrá un registro de gestiones realizadas, así como también en la hoja de vida del estudiante.
  4. El estudiante quedará condicional. Si existiese reincidencia, se aplicará el Manual de Convivencia Escolar, lo que implica cancelación de matrícula o la expulsión Inmediata.

 

Ante situaciones de posible tráfico o microtráfico de drogas:

 

  1. Si un estudiante es sorprendido, por un docente o funcionario del colegio, portando, vendiendo, facilitando, regalando, distribuyendo, permutando drogas, se informará inmediatamente al encargado(a) de convivencia escolar, quién a su vez comunicará al director para realizar la denuncia, según la ley 20.000.
  2. El estudiante involucrado será trasladado a una oficina o sala acompañado por docente o directivo, con el objeto de resguardar la información hasta que se presenten las autoridades competentes.
  3. Los directivos del establecimiento establecerán las medidas oportunas para el resguardo del lugar donde se realizó el tráfico, no dejando entrar ni salir a nadie de dicha instalación (sala, baño, etc.)
  4. El establecimiento educacional se pondrá en contacto inmediatamente con el apoderado del estudiante a fin de informarles la situación y las acciones a seguir de acuerdo con lo señalado en la ley.
  5. Se procederá a realizar una denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, Policía de investigaciones o ante cualquier tribunal con competencia penal, con el objetivo de resguardar los derechos del niño, considerando que pudiera estar siendo víctima de explotación, abuso o engaño, o ser instrumento de parte de un adulto para que el menor cometa un ilícito.
  6. Se aplicarán, como medida excepcional, la asistencia al establecimiento educacional solo para rendir evaluaciones, según corresponda. El estudiante quedará Condicional y, si existiese reincidencia, se aplicará la cancelación de matrícula o la expulsión Inmediata.
  7. El departamento psicoeducativo mantendrá un registro de las acciones realizadas las cuales considerarán el seguimiento del caso, reuniones con estudiante, el apoderado y profesor jefe, para ayudar al estudiante y su grupo familiar con su problemática.

 

Frente a situaciones de hallazgo de droga:

 

Si algún funcionario del colegio, estudiante o apoderado se encontrara con alguna sustancia ilícita al interior del establecimiento educacional, este se encuentra obligado a entregar dicha información al director, el cual deberá realizar la denuncia de los hechos al Ministerio Público (Fiscalía), OS-7 o PDI.

 

PROTOCOLO SOBRE EL EMBARAZO ADOLESCENTE

A pesar de los cambios sociales en materia de sexualidad y la gran posibilidad de jóvenes y adolescentes para acceder a la información, los adolescentes no están suficientemente preparados para asumir todas las responsabilidades y desafíos en el hecho de ser padres. Ante la eventualidad de un embarazo adolescente, nuestra institución realizará acciones pedagógicas que posibiliten la prosecución de estudios y la flexibilización para ello.

En caso de embarazo y/o paternidad adolescente el Colegio actuará en base a la normativa nacional

vigente.

MARCO LEGAL

La Ley General de Educación, señala que el embarazo, maternidad y paternidad de estudiantes jóvenes, no deben ser impedimento para ingresar o permanecer en los establecimientos educacionales que posean Reconocimiento Oficial del Estado, resguardando así el derecho a la educación.

La normativa que ampara la permanencia de una estudiante embarazada, padre o madre de la gestante, es la siguiente:

  • La Ley General de Educación (Art. 11).
  • Decreto 79 del año 2004; Ministerio de Educación.
  • Resolución Exenta N° 0193 del año 2018, que aprueba Circular normativa sobre alumnas embarazadas, madres y padres estudiantes.
  1. Procedimientos generales

 

  1. a) Medidas académicas que apuntan a mantener a los y las estudiantes en el sistema educativo, flexibilizando los procesos de aprendizaje y el currículo. 
  • Se definirán acciones proclives al aprendizaje, con flexibilizaciones y medidas curriculares, metodológicas y evaluativas.
  • Respecto de las clases de educación física, se considerarán las indicaciones del médico tratante.
  1. b) Medidas administrativas orientadas a compatibilizar la condición de embarazo, maternidad o paternidad con la de estudiante. 
  • Existirá siempre respeto y buen trato hacia la condición de embarazo de la estudiante, pudiendo asistir a clases durante todo el periodo de embarazo y después del parto.
  • Durante los recreos podrán utilizar las dependencias de biblioteca o demás espacios que contribuyan a evitar accidentes o situaciones de estrés.
  • Se considerará el derecho al periodo de lactancia, definiendo con la estudiante y su familia, los horarios para ello.
  • El colegio diseñará un calendario de evaluaciones que considere objetivos de aprendizaje prioritarios para dar continuidad al año siguiente.
  • Si la estudiante o la familia requieren del apoyo psicoeducativo, deberá elevar la solicitud a través de su profesor(a) jefe.

I.- DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES INVOLUCRADAS DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD.

La Alumna (y/o el apoderado) debe informar su condición a su Profesor(a) jefe o a Dirección, presentando un certificado médico que la acredite. La Alumna debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos escolares.

Por su parte, la familia se hará responsable de presentar todos los certificados médicos o controles de su embarazo. En caso de que esta incurra en incumplimiento, la responsabilidad será asumida por la propia estudiante embarazada.

DERECHOS DEL (LA) ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PATERNIDAD

Durante el período de embarazo

 

Los derechos de la alumna embarazada o progenitor adolescente, incluyen el permiso a concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante. Esta documentación deberá ser entregada de manera oportuna.

Durante el periodo de amamantamiento y cuidados del hijo menor de un año

 

La madre adolescente tendrá el derecho a proponer y consensuar con el director el horario de alimentación del hijo/a, que será máximo 1 hora. Para las labores de amamantamiento, se permitirá la salida de la madre en el horario predeterminado. La madre estudiante, podrá amamantar a su hijo(a) en el espacio que el establecimiento disponga para ello; no obstante, el menor no podrá permanecer en los espacios del colegio durante la jornada escolar, debido a que no se cuenta con la infraestructura para ello.

Si se trata del padre del menor, este tendrá los permisos pertinentes, realizando una adecuación de horarios. Acordes con la etapa de embarazo de la madre. Si este debe faltar por enfermedad del hijo y en consideración con su rol, la inasistencia deberá ser justificada con certificado médico emitido por el especialista tratante del hijo o hija.

En el caso de tener que ausentarse de clases, cada inasistencia requerirá de justificación en ambos casos, pudiendo ser certificados médicos, carné de control u otros que justifiquen la ausencia.

 

Del sistema de evaluación y promoción

La evaluación estará enmarcada en el decreto de evaluación N° 67 y el Reglamento de evaluación del establecimiento educativo. La estudiante o progenitor adolescente tienen derecho a ser evaluados de la misma forma que sus compañeros. Los jóvenes, consensuarán con la jefa de UTP el calendario de evaluaciones.

Ambos deben esforzarse para culminar el año escolar cumpliendo con los requerimientos académicos que la naturaleza de la institución educativa, su misión y visión exigen.

De los padres y/o apoderados de estudiantes en situación de maternidad o paternidad

 

Acompañarán en el proceso educativo, comprometiéndose a proveer del apoyo y materiales que les permitan a los jóvenes desarrollarse en condiciones similares al resto de sus compañeros. En consonancia, se comprometerán con la entrega oportuna de certificados médicos o justificativos frente a inasistencias a clases.

ACCIONES DE PREVENCIÓN

En permanente coordinación con el equipo psicoeducativo, se propenderá al diálogo permanente y la orientación frente al desarrollo de una sexualidad sana. En esto, la familia juega un rol fundamental, dialogando y potenciando una comunicación fluida y sistemática.

El colegio se reserva la opción de planificar acciones, de acuerdo con las características de los estudiantes y sus contextos familiares.

 

 

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A LA DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Este protocolo contempla procedimientos para abordar las situaciones de vulneración de derechos, considerando el interés superior del niño, niña o adolescente.  Para esto:

No se debe omitir o minimizar algún hecho o situación de sospecha, pudiendo abordar a él o los posibles agresores solo una vez que se ha activado el protocolo, con el objetivo de dar seguridad al niño, niña o adolescente.

 

ENCARGADO DE LA ACTIVACIÓN DE PROTOCOLO

Es responsable de llevar cabo este protocolo de actuación el encargado de convivencia escolar o director del establecimiento.

Principales funciones:

  1. Resguardar los derechos y el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
  2. Mantener informado al director (a) del establecimiento educacional y comité de convivencia escolar para que se adopten las medidas pertinentes de acuerdo al caso y a la normativa, durante todo el proceso.
  3. Recopilar la información necesaria para colaborar con la investigación, acompañando a los involucrados, sus familias y a la comunidad educativa en general. Se abrirá un expediente para el caso.
  4. Mantenerse informado de los avances de la situación.
  5. Conocer el estado de la investigación y de las eventuales medidas de protección que se aplicarán.

ACCIONES UNA VEZ RECIBIDA LA DENUNCIA

El encargado de la ejecución del protocolo deberá reunir antecedentes generales con el fin de contextualizar la situación:

  1. Realizar entrevistas con los distintos agentes educativos que pudiesen tener alguna información.
  2. En el caso de ser necesario, solicitar a la psicóloga del establecimiento que realice una entrevista preliminar con el niño, niña o adolescente la que se realizará en condiciones apropiadas y seguras. Registrar el relato del estudiante.

3.-En aquellos casos en los que se presuma un riesgo para la vida y la integridad física o psíquica de los afectados, se adoptarán medidas para su resguardo inmediato.

4.- Los plazos previstos para cada una de las etapas en la activación del protocolo, podrán ser prorrogados en función del contexto e investigación.

ACCIONES ANTE SOSPECHA

En caso de que sea una sospecha de vulneración de derechos de algún niño, niña o adolescente del establecimiento, se procederá de la siguiente forma:

1.- Él o la encargada citará a los padres y/o apoderados o adulto responsable a una reunión en la cual se les notificará sobre los antecedentes que hacen presumir una vulneración de derechos hacia el estudiante. Además, el colegio ofrecerá los recursos humanos de los que disponga para atender el caso y las acciones reparatorias que se evalúen en pro del bienestar del estudiante.

2.-Si a partir de la entrevista con los padres, apoderados o adultos responsables, se obtienen antecedentes que den cuenta del adecuado cuidado del niño, niña o adolescente y la disposición necesaria para solucionar las situaciones que hayan puesto en riesgo alguno de los derechos del estudiante, se dará por cerrado el caso y hará seguimiento en un plazo no mayor a dos meses.

3.- Si producto de la entrevista con los padres, apoderados o adultos responsables, se recepcionan antecedentes que permitan presumir una vulneración de derechos del estudiante y no existen posibilidades ciertas para el resguardo adecuado de los derechos del niño, niña o adolescente, entonces se tomará contacto con las instituciones dispuestas para ello. (Tribunales de familia, OPD u otros).

ACCIONES ANTE ANTECEDENTES FUNDADOS DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE UN NIÑO, NIÑA O ADOLESCENTE.

En caso de que se cuente con antecedentes que permitan presumir vulneración de derechos de algún niño, niña o adolescente del establecimiento, se procederá de la siguiente forma:

1.- El director del establecimiento notificará del hecho a las instancias correspondientes para que se realicen las pericias que el caso amerite y puedan activarse los mecanismos de atención y/o derivación. (Tribunal de familia, OPD, PDI, Carabineros)

2.- Los Tribunales de Familia, son los órganos competentes para adoptar medidas de resguardo urgentes.

3.- Informará de la situación a la psicóloga, quien estará a cargo de las medidas de contención necesarias, resguardando la privacidad de los (las) involucrados(as), especialmente de él(las) o los(las) afectados(as).

4.- Establecerá medidas de acción y contención, según las herramientas con las que se cuente.

MEDIDAS DE APOYO AL ESTUDIANTE

Sin perjuicio de las acciones que realicen las redes externas de apoyo, el establecimiento elaborará un plan de apoyo al estudiante, en el que se podrán disponer de algunas medidas de apoyo pedagógico y/o psicosocial. Se evaluarán y adoptarán medidas protectoras con el fin de resguardar a los (as) afectados(as), según sea el mérito y especialmente si los hechos denunciados involucran a adultos: conversación, monitoreo, acompañamiento, suspensión de funciones (solo cuando se decrete una medida cautelar de prisión preventiva, conforme lo ha establecido la Dirección del Trabajo, en el ordinario 471, del 27 de enero 2017).

PROTOCOLO SOBRE VIOLENCIA ESCOLAR

 

  1. INTRODUCCIÓN

 

La Ley sobre Violencia Escolar (LSVE) define la convivencia escolar como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes” (Art. 16 a).

El colegio se adhiere a la inclusión educativa lo que implica enseñar y aprender en y para la diversidad, y por otra parte erradicar expresiones de discriminación que se produzcan en el espacio escolar, fundamentalmente por características que forman parte de su identidad personal y social, como son la etnia, inmigrantes, nacionalidad, situación socioeconómica, idioma, ideología u opinión política, religión o creencia, sexo, orientación sexual, identidad de género, embarazo y maternidad, apariencia personal, enfermedad o discapacidad, diversos estilos y ritmos de aprendizaje, etc.

Por lo anterior, el objetivo será velar siempre por la protección, bienestar y seguridad de niños, niñas y adolescentes, así como los de cada miembro de esta institución educativa.

  1. CONCEPTUANDO LA VIOLENCIA ESCOLAR

En la convivencia cotidiana, inevitablemente, surgen problemas que derivan de la diversidad de intereses y formas de interacción que se dan entre los seres humanos; muchas de estas dificultades suelen ser consideradas como sinónimos, pese a que se refieren a situaciones y conceptos que significan cosas distintas.

Habitualmente se confunden los conceptos de agresividad, conflicto, violencia y acoso escolar, cada uno de los cuales requiere de respuestas diferenciadas de parte de la comunidad educativa; se debe tener presente, por lo tanto, las siguientes definiciones:

  1. Agresividad: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, es una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. Es una condición natural de las personas, por lo que los impulsos agresivos no deben ser suprimidos, sino modulados, orientados y canalizados mediante la autorregulación, el autocontrol y la autoformación.
  1. Conflicto: Involucra a dos o más personas que están en oposición o desacuerdo debido a intereses diferentes. Es un hecho social. Debe ser abordado y resuelto, no ignorado, y para ello existen mecanismos como la mediación, la negociación y el arbitraje.
  1. Violencia: Es un comportamiento ilegítimo que implica el uso y abuso de poder o la fuerza de una o más personas en contra de otra/s y/o sus bienes. Es un aprendizaje, no es un hecho o condición natural de las personas. La violencia debe ser erradicada mediante prácticas formativas, solidarias, pacíficas, que fomenten el diálogo y la convivencia social.
  1. Acoso escolar o Bullying: Es una forma de ejercer la violencia que tiene tres características que lo definen, tales como; se produce entre pares, es reiterado en el tiempo y existe asimetría de poder. Es una de las expresiones más graves de violencia en el ámbito escolar y requiere ser abordada de manera decidida y oportuna. No es acoso un conflicto de intereses o desacuerdos entre las personas, las discusiones o peleas entre las personas que estén en igualdad de condiciones, especialmente cuando se trata de niños y niñas en formación.
  1. Maltrato infantil: Son las agresiones o violencia escolar de un adulto a un estudiante sea directivos, profesor/a, asistente de la educación, apoderado/a, etc.

 

  • TIPOS DE VIOLENCIA ESCOLAR

Existen diferentes tipos de violencia en el ámbito escolar, tales como:

  1. Violencia Psicológica: Incluye insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, identidad de género, creencia religiosa, origen étnico, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o Bullying.
  1. Violencia Física: Es toda agresión que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc. que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales hasta agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o Bullying.
  1. Violencia Sexual: Son agresiones que vulneran los límites corporales de una persona, sea hombre o mujer, con una intención sexualizada. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, intento de violación, violación, etc.
  1. Violencia de Género: Son agresiones por los estereotipos de género. Esta manifestación de violencia contribuye a mantener el desequilibrio entre hombres y mujeres. Incluye descalificatorios, agresiones físicas o psicológicas, fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro.
  1. Violencia a través de los medios tecnológicos: Implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chat, blogs, facebook, Instagram, Snapchat, WhatsApp, mensajes de texto, sitios web o cualquier medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en ciberbullying.
  1. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

 

  1. DETECCIÓN: Toda indicación, inquietud o reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma escrita ante el Profesor Jefe debidamente fundamentado, el que deberá registrar en un formato y dar cuenta a la Dirección, a fin de que se dé inicio al debido proceso. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

Cualquier miembro de la comunidad escolar (alumnos, profesores, asistentes de la educación, miembros del Equipo Directivo, padres y apoderados) deberán informar primeramente al Encargado de Convivencia de cualquier situación de maltrato.

  1. EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LA SITUACIÓN: Mientras se lleven a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
  1. DIAGNÓSTICO DE ACOSO ESCOLAR: De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los propios instrumentos del colegio, debiendo mantenerse un registro individual. Responsable: Encargado Convivencia Escolar. Recepción pautas de recogida de información entrevista con los actores clave, reconstrucción de los hechos.  Aplicación Pauta diagnóstico de acoso escolar.  En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. La encargada de Convivencia Escolar, deberá llevar adelante la investigación, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo de cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes y esté agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de Convivencia Escolar, para que se informe y valide la medida o sanción que procede.
  1. ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA IMPLICADOS: Las medidas que se adoptarán deberán responder a acciones de negociación, arbitraje y/o mediación según sea el caso., además de las establecidas en este reglamento de convivencia.

Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, se deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres y/o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta instancia, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o solo entre adultos.

En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un periodo de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia escrita y firmada por ambas partes de esta situación.

Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.

Se aplicarán medidas de apoyo tanto a la víctima como al agresor, como son; realizar el seguimiento y acompañamiento del profesor jefe, orientación, psicóloga o derivación a un profesional externo.

  1. RESOLUCIÓN: La Dirección deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia escrita de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de Convivencia Escolar.

 

  1. EVALUACIÓN y COMUNICADO FINAL PLAN INTERVENCIÓN: El director, Encargado de Convivencia Escolar u otro representante (delegado por el director) realizará el comunicado final a la familia de los implicados, dando a conocer las medidas tomadas. (Aplicación de protocolo de socialización y recepción de información) En caso de ser necesario, se realizará comunicado al MINEDUC y/o Superintendencia de Educación, según corresponda.
  1. MEDIDAS DE REPARACIÓN: En la resolución se deberán especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales u otras que la autoridad competente determine.

 

OTRAS MEDIDAS

  1. Si lo estima el Equipo directivo del colegio, deberá informar a Departamentos Provinciales de la situación detectada, de las medidas adoptadas y a los organismos competentes.
  2. Si el maltrato escolar es comprobado fehacientemente, el colegio deberá efectuar la denuncia a la fiscalía cuando constituye un delito (lesiones, agresiones sexuales, amenazas, porte o tenencia ilegal de armas, robos, venta o tráficos de drogas, entre otros).

 

 

ETAPAS DEL PROTOCOLO EN CASO DE VIOLENCIA, MALTRATO O ACOSO

ETAPAS ACCIONES RESPONSABLE PLAZOS

Recepción de la denuncia y adopción de medidas inmediatas

Toma de conocimiento de la situación o dar cuenta de ella, si correspondiere. Encargada de Convivencia o quien haya sido definido por el director. Como máximo, al día hábil siguiente de la toma de conocimiento.
Registro de la denuncia Dentro de la semana y/o en los primeros días hábiles de la semana siguiente.
Evaluación y/o adopción de medidas inmediatas
Solicitud de investigación Director del colegio Dos días hábiles desde que se toma conocimiento de la situación.
Recopilación de antecedentes Investigación Encargado designado por el director 7 días hábiles desde que el encargado es notificado para que inicie investigación
Informe de cierre Informe de cierre Encargado de la investigación 4 días hábiles desde que finaliza el plazo para investigar.
Decisión del director en conjunto con el Comité de convivencia Informe resolutivo Director del colegio 2 días hábiles desde que se recibe el informe.

 

PROTOCOLO FRENTE A AGRESIONES SEXUALES

 

Las agresiones sexuales son actos o hechos de connotación sexual realizados por una persona mediante amenazas o fuerza o bien utilizando la seducción, el engaño o el chantaje y que atentan contra la libertad o seguridad sexual de otra persona, en este caso niño (a) o adolescente. El responsable de la agresión sexual puede ser un adulto e incluso otro adolescente o niño.

Este tipo de conductas son delitos que se encuentran fuertemente sancionados en el sistema penal chileno y por lo tanto si existen antecedentes que permitan presumir que un niño (a) o adolescente ha sido víctima de alguna agresión sexual siempre deben ser denunciados a los organismos competentes, Carabineros de Chile, Policía de investigaciones, Ministerio Público o Tribunales de Garantía, con el fin que se investiguen los hechos.

 

Fuente: MINEDUC, 2012.

Marco Preventivo

Como institución educativa, promovemos el abordaje de conductas de autocuidado, diseñando planes e intervenciones que buscan prevenir situaciones de riesgo, desarrollando habilidades protectoras en nuestros alumnos.

En este marco preventivo, contamos con planes que se desarrollan en el aula, guiados por el Departamento de Orientación. Estos son acordes a la etapa de desarrollo de nuestros estudiantes y buscan desarrollar habilidades sociales para protegerse en situaciones de riesgo. Cabe señalar que estos programas promueven actividades específicas que derivan en la prevención del abuso sexual.

Los tópicos consideran la entrega de distinciones relativas a la sexualidad, en forma diferenciada para cada edad y la enseñanza de conductas de autocuidado y protectoras.

Cualquier situación no prevista en este protocolo será resuelta en primer por la Dirección del colegio o derivado el caso a las instituciones que correspondieren según normativa vigente.

 

 

 

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE EL ABUSO SEXUAL

PROCEDIMIENTO

  1. Quien observa o recibe la información, debe informar inmediatamente al Director.
  1. Director, equipo directivo y profesionales competentes del colegio, entrevistan a los alumnos/as por separado, de modo de obtener testimonios de las propias percepciones de estos, sin estar interferidos por opiniones del grupo.
  1. Paralelamente, se toma testimonio escrito de cada alumno/a involucrado, y se realiza el registro de este. Es importante destacar que se debe resguardar la identidad de todos los alumnos/as involucrados, ya sean participantes activos, espectadores, etc.
  2. Se cita a todos los apoderados/as involucrados para informarles sobre la información recabada por el encargado.
  1. Como medida de protección, mientras se recaban los antecedentes, se evalúa la pertinencia de la suspensión de clases a los alumnos/as involucrados (as). Si en vista de los antecedentes no se percibe riesgo, el colegio posibilitará la permanencia de los estudiantes de modo de precaver su derecho a la educación. En este caso, dependerá de la familia si asume esta opción o, en caso contrario, la institución educativa prestará el apoyo para que mantenga algún grado de conexión con las actividades académicas o sus docentes.
  1. El director citará a entrevista al adulto responsable (y estudiante si procediere) para informar las acciones a seguir y firmar sanción y/o acuerdo correspondiente, conforme a lo estipulado en el Manual de Convivencia (derivación, expulsión, traslado, firma de compromiso, condicionalidad, etc.). Así como establecer la modalidad de monitoreo del alumno/a en el caso de que este permanezca en el colegio.
  1. Una vez obtenida la información, se procede a realizar la denuncia ante las autoridades correspondientes, para que sean estas las que investiguen y establezcan las medidas que disponga la ley.

TRASTORNOS PSICOLÓGICOS

Entendidos como todos los trastornos que alteran el desarrollo normal del niño o joven en su proceso evolutivo, incluimos en este punto los trastornos del aprendizaje, neurológicos, conductuales, del ánimo, de la alimentación, de la personalidad, del sueño, adaptativos y otros.

El criterio general del colegio en los casos de estudiantes que presenten alteraciones psicológicas es el de ser un acompañante activo en el proceso de superación de la dificultad. Sin embargo, es importante destacar que los primeros responsables son los padres y las familias respectivas.

Para el abordaje de estos casos, será necesario considerar las decisiones de los especialistas tratantes y las posibilidades de adecuación del colegio a las demandas del tratamiento.

El colegio no podrá hacerse cargo de aquellos casos en los que los padres no asuman o abandonen los tratamientos necesarios condicionando o alejando al estudiante de la institución.

PROTOCOLO DE ACCION EN CASO DE ACCIDENTES

Con el propósito de evitar situaciones ambiguas, actuar todos con el mismo criterio y proceder con una misma línea de acción frente a alumnos accidentados se dictan a continuación normas de procedimiento.

En general todo alumno de Play Group a 3er. año básico que se accidente o lesione debe ser atendido con sumo cuidado. Si el golpe es en el tren superior, se debe avisar por teléfono inmediatamente al apoderado con detalle de lo acontecido en relación a la lesión y a la forma en que sucedió, en otras zonas dependerá de la magnitud de la lesión (se debe recomendar al apoderado que es mejor ver al alumno personalmente y llevarlo a un servicio médico para su chequeo y posterior tratamiento). El apoderado tomará conocimiento y decidirá con respecto a la forma de proceder.

Todo alumno que haya sufrido algún golpe o caída debe ser revisado o chequeado minuciosamente y proceder según la gravedad de la lesión.

Lesión leve: se otorgan los cuidados necesarios (aplicación de frío, de gel antiinflamatorio, curación simple, etc.), se informa al apoderado por teléfono o por libreta dependiendo del tipo de lesión y de la localización, en ambos casos se recomienda que el alumno posteriormente sea revisado por un médico, ya sea por seguro privado o estatal. Se entregará información al apoderado sobre el Seguro Estatal. En caso de golpes leves en la cabeza.

Lesión mediana: se da atención al alumno según tipo y ubicación de la lesión, luego se avisa al apoderado quien toma la decisión sobre lugar de atención. Se le informa sobre el Seguro Estatal y forma de procedimiento.

Lesión grave o muy grave: se envía a urgencia del hospital Luis Calvo Mackenna con Informe de Accidentes Escolares o al establecimiento del Seguro Escolar Privado si tiene y se avisa por teléfono al apoderado.

 

 

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CONFLICTOS DE CONVIVENCIA CON LOS APODERADOS

 

  1. Un miembro del esquipo directivo, recibe al apoderado con el fin de:
  2. Interiorizarse del tema que amerita la situación.
  3. En caso de conflicto: se dejará por escrito la situación que lo aqueja. Coordinar reunión para dar solución al problema.
  4. Comunicar al involucrado el problema acontecido para dar respuesta.
  1. El director será el encargado de comunicar al involucrado, sobre la inquietud o problema planteado por el apoderado y buscar las remediales.
  1. En caso de recibir comunicación escrita, de carácter agresivo, evidenciar este hecho mediante fotocopia y hacer entrega en Dirección. El director evaluará citar al apoderado y buscar remediales para una comunicación más respetuosa.
  1. Si la seguridad del profesor se ve afectada por el apoderado del alumno, solicitar inhabilitación del mismo, asignando la responsabilidad a otro familiar del estudiante. Si es meritorio, se hará la denuncia ante las autoridades respectivas.
  1. En el caso de apoderados que se muestran poco preocupados por sus hijos, serán citados por algún miembro del equipo directivo y/o profesor jefe, para solicitar cambios positivos en relación a su rol de adulto responsable de su pupilo.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL SUICIDIO ESCOLAR

El suicidio en jóvenes es, desgraciadamente, una realidad cada vez más frecuente en nuestro país. Durante la adolescencia, etapa fundamental de cambios y descubrimientos, se presentan en los jóvenes diversas situaciones que les producen ansiedad y depresión y que pueden culminar, en muchas ocasiones, en una tentativa de suicidio, si no existen factores protectores que los disuadan.

Es de suma importancia el conocer y reflexionar en las causas que llevan a un joven a su autodestrucción, así como saber cuál es el significado de este acto y cómo puede prevenirse. Debemos estar conscientes de que en el acto suicida siempre habrá una lucha interna entre el deseo de morir y el de seguir viviendo.

Factores de riesgo suicida

 

Se ha detectado que hay factores que permitirían poner atención al riesgo suicida y otros que mantendrán alejado al sujeto de este evento desastroso.

1.- La población con diagnóstico psiquiátrico presenta un riesgo de suicidio entre 6 y 20 veces mayor que la población general, estimándose que el 90% de los casos de suicidios consumados está asociado a algún tipo de enfermedad mental. A su vez, un 80% de estos casos estaría relacionado con trastornos depresivos (Blumental, 1988).

La depresión e intentos de suicidio previos se consideran los predictores más robustos asociados al suicidio consumado (Appleby et al, 1999; Baader et al,2004). Además de la depresión, existen otros trastornos psiquiátricos altamente asociados al suicidio: trastorno bipolar, esquizofrenia, trastorno por abuso de sustancias y trastorno de personalidad límite. Para todos los cuadros psiquiátricos el riesgo suicida aumenta si existe comorbilidad, especialmente con cuadros depresivos y/o abuso de alcohol u otras sustancias (el abuso de alcohol es tanto un factor de riesgo como un precipitante de conductas suicidas).

2.- Rasgos de Personalidad: Rasgos como la impulsividad, hostilidad (hacia sí mismos y hacia los demás), tendencia a la actuación, irritabilidad, inmadurez, dependencia e inestabilidad emocional, se asocian a un mayor riesgo de suicidio. Algunas dimensiones de la personalidad parecen afectar de diferente modo a la suicidalidad, por ejemplo, la extraversión atenuaría las inclinaciones suicidas.

La dificultad para manejar altos niveles de angustia y malestar emocional,   incapacidad para manejar situaciones adversas y generar soluciones adaptativas. En el mismo sentido, el manejo disfuncional de la agresión, una autoestima disminuida y sentimientos de desesperanza e incompetencia son factores de riesgo para la conducta suicida. La desesperanza es la principal característica cognitiva de las personas suicidas, es el estado que más íntimamente se asocia a las ideas y deseos suicidas. Se correlaciona con la severidad de las tentativas.

3.- Historia de trauma o abuso: Las adversidades de la niñez, incluyendo abuso físico, emocional y sexual, conducen a un riesgo substancialmente más alto para el suicidio. Del mismo modo, la violencia hacia la mujer es uno de los precipitantes más significativos del suicidio femenino.

4.- Algunas enfermedades físicas importantes: Como cáncer (especialmente respiratorio y gastrointestinal), insuficiencia respiratoria crónica, epilepsia, y SIDA, entre otras, presentan tasas más elevadas de suicidio que la población general.

5.-Tener acceso a medios letales para atentar contra la propia vida.

6.- Tener un bajo nivel de integración y participación social aumentan la probabilidad de suicidarse.

7.-  Haber sido víctima de eventos traumáticos, de abandono o negligencia en los cuidados parentales, de maltrato, abuso físico, psíquico y/o sexual en la infancia.

8.- Sufrir acontecimientos que conducen al estigma, a la humillación o a la vergüenza (esto es particularmente relevante en adolescentes víctimas de situaciones de abuso y violencia en el entorno escolar)

9.-Las relaciones familiares e interpersonales disfuncionales u hostiles acrecientan el riesgo suicida. Las características del funcionamiento familiar asociadas al riesgo suicida son: peleas constantes, límites excesivamente rígidos, laxos o inexistentes, bajos niveles de cohesión y distancia emocional, apoyo disminuido frente a las adversidades y la solución de problemas, y bajo nivel de escolaridad en ambos padres (Pavez et al. 2009). La mayoría de las personas que realizan una conducta suicida han vivido situaciones estresantes en los últimos meses –a nivel interpersonal,  académico que aumentan el riesgo. Es así como un estilo de vida en que es frecuente la sobrecarga y el estrés contribuye al riesgo suicida.

10.- La mayor ideación suicida adolescente perfilada en algunos estudios, se ha basado en una “escasa expresión de afectividad y de aceptación parental, falta de amabilidad en las relaciones familiares y ausencia de monitoreo paterno”.

11.- La incitación al suicidio aparecida en Internet (cyber suicidio) en la que se pueden encontrar juegos suicidas, chistes suicidas, música para suicidas, “desafíos” foros para aquellos que quieren discutirlas opciones suicidas. Se describen los métodos suicidas, desde los más conocidos y eficaces hasta los más frívolos. Pueden aparecer notas suicidas y anuncios incitando al suicidio Las maneras de suicidarse son muchas, pero lo que destaca y resulta escalofriante es el nivel de precisión y detalles en el método.

Asociado a Internet y un factor claro en el suicidio especialmente adolescente es el cyberbullyng donde los insultos, amenazas y otras agresiones como el robo de contraseñas para suplantar identidades. También se dan las publicaciones contra la víctima, como rumores, fotos o videos humillantes.

12.- Lo enjambres suicidales o la seguidilla de suicidios que se produce en adolescentes con dificultades, a posteriori del suicidio de alguien famoso.

Factores protectores:

1.-La capacidad reflexiva, que permite comprenderse a sí mismo y a los otros, otorga sentido a las acciones de los demás, constituye un importante factor protector del riesgo suicida (Fonagy & Target, 1997).

2.-  Se ha observado que, relaciones familiares y sociales satisfactorias y de calidad, así como los cuidados parentales suficientemente buenos, constituyen un importante factor protector. (Morales et al. 2014).

3.-El mantenimiento de relaciones estrechas y sanas puede actuar como un disuasor frente a las ideaciones suicidas. El círculo próximo de una persona puede tener gran influencia y puede ser una fuente significativa de apoyo social y emocional, especialmente entre adolescentes. Es el grupo de amigos o el amigo que sea capaz de “contar” a los padres, profesores u otras personas significativas de las intenciones de la persona que sustenta ideación suicida a fin de que estos instalen algún tipo de protección o cuidado especializado.

Si bien es cierto se conocen todos estos factores asociados al riesgo de suicidio, los esfuerzos por predecir esta conducta han sido infructuosos. Esto se relaciona con la naturaleza compleja y multifactorial del comportamiento suicida, en el cual diversos factores interactúan entre sí –influyéndose recíprocamente– y adquiriendo una relevancia particular para cada persona (García de Jalón & Peralta, 2004; OCDE, 2013).

Aun así, en este contexto de baja capacidad predictiva, podemos pensar en acciones preventivas y de intervención tratando de fortaleces los factores protectores y disminuir los factores de riesgo.

Desde este punto de vista el establecimiento educativo se propone:

  • Promover un ambiente escolar positivo, que cuide de la salud mental de todos sus integrantes (estudiantes, padres, profesores, asistentes de la educación y equipo directivo), e incentive el desarrollo de competencias socioemocionales.
  • Prevenir la aparición de problemas de salud mental, mediante la intervención oportuna que reduzca factores de riesgo y fomente factores de protección.
  • Detectar precozmente a aquellos estudiantes que se encuentran en riesgo o han desarrollado algún problema de salud mental, y,
  • Apoyar a aquellos y aquellas estudiantes que presentan problemas de salud mental mediante el desarrollo de un plan individual de intervención que atienda a sus necesidades educativas especiales, junto con el trabajo coordinado con el centro de salud o especialista tratante.

CONDUCTAS A DETECTAR

Tanto los padres en el hogar, como los profesores y asistentes de la educación en el establecimiento, pueden detectar conductas que indicarían posible presencia de un problema de salud mental en los niños, niñas y adolescentes, y que hacen necesaria la búsqueda de ayuda profesional.

Algunas de ellas son:

  • Dificultades en el aprendizaje y rendimiento escolar: retraso en aprender a leer y escribir, bajo rendimiento o descenso en las notas, baja atención y concentración, dificultades para entender instrucciones y/o para concluir tareas y actividades.
  • Dificultades en el autocuidado y autonomía (por ejemplo, vestirse y bañarse solo, cuidado de sus pertenencias, evitación de riesgos, etc.)
  • Dificultad para la interacción social y para adaptarse a los cambios.
  • Actividad excesiva, corporal o verbal.
  • Impulsividad excesiva que le lleva a hacer cosas sin reflexionar.
  • Rabietas, oposicionismo o rebeldía repetida y continua.
  • Cambios súbitos en la conducta o en las relaciones con sus compañeros, incluidos el aislamiento y la ira.
  • Síntomas físicos recurrentes y de causa desconocida (por ejemplo, dolor de estómago, cefalea, náuseas).
  • Renuencia o negativa a ir a la escuela.
  • Cambios en los hábitos de sueño, alimentación o conductas habituales (ej., aumento o disminución del apetito y/o del sueño, volver a orinarse o chuparse el pulgar).
  • Estado de ánimo triste, abatido, con preocupación, aflicción excesiva, o en demasía fluctuante (por ejemplo, es irritable, se molesta fácilmente, se siente frustrado o deprimido, muestra cambios extremos o rápidos e inesperados del estado de ánimo, explosiones emocionales).
  • Conductas de autoagresión (ej. cortes, rasguños, pellizcos).
  • Conductas regresivas.
  • Hablar (o escribir) sobre el deseo de morir, herirse o matarse (o amenaza con herirse o matarse).
  • Hablar (o escribir) sobre sentimientos de desesperación o de no existir razones para vivir.
  • Hablar (o escribir) sobre sentirse atrapado, bloqueado o sufrir un dolor insoportable.
  • Hablar (o escribir) sobre ser una carga para otros o los seres queridos.
  • Buscar modos para matarse a través de internet o intentar acceder a armas de fuego, pastillas u otro medio letal.

ACCIONES DESTINADAS A LOS DISTINTOS ESTAMENTOS ESCOLARES

Dirigidas a toda la comunidad educacional, centradas en el fortalecimiento de los factores protectores propios del medio escolar, que incluyan actividades e intervenciones que apunten a:

1.- Fortalecer la autoestima y el desarrollo de habilidades para la vida, adquirir herramientas para un buen manejo de crisis y una sana toma de decisión,

  1. – Fortalecimiento de la salud mental de los docentes y los otros miembros del equipo institucional;
  2. – Promoción de la expresión de emociones,
  3. – Prevención de la intimidación o violencia en el centro educativo.

5.- Mejoramiento de las habilidades del equipo institucional mediante la promoción de acciones preventivas dirigidas a docentes, paradocentes, padres y apoderados que incorporen herramientas para detectar e intervenir los factores de riesgo.

Existen señales de alerta que son inespecíficas y que pudieran relacionarse con un problema de salud mental incluyendo la ideación y conducta suicida, como las señaladas anteriormente. Además de ellas, concurren señales más claras e inmediatas de que se produzca un intento de suicidio, que indican que el estudiante está pensando o planificando un suicidio, o está preocupado u obsesionado con la muerte. Ante cualquiera de ellas, la búsqueda de ayuda debe ser inmediata, dejando de lado mitos como es un intento de llamar la atención o manipulación.

Junto con la detección de señales de alerta de problemas de salud mental, el Colegio Cambridge College desarrollará acciones preventivas del suicidio, que incluyan:

  • Promoción y prevención en salud mental.
  • Educación y sensibilización sobre el suicidio, derribando mitos comunes que interfieren con el correcto abordaje y la detección de factores de riesgo específicos del contexto escolar (ej. bullying, exigencias académicas).
  • Capacitación a adultos claves y pares líderes de las escuelas para la identificación de estudiantes en riesgo.
  • Promoción de conductas de búsqueda de ayuda y la conectividad social entre los estudiantes.
  • Restringir el acceso a medios potencialmente letales presentes en el establecimiento: acceso a techados y ventanas, sustancias peligrosas, espacios sin vigilancia, etc.

Cómo actuar frente a “señales de alerta”

1.- Mostrar interés y apoyo

2.- Hacer las preguntas correctas y evaluar el riesgo

3.- Apoyar, contactar y derivar

4.- Realizar seguimiento

El Colegio restringirá el acceso a medios potencialmente letales

PROTOCOLO

 

ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN

 

1.- Clima escolar protector

2.- Acciones promotoras de una buena convivencia escolar, establecidas en el plan del mismo nombre.

 

IDENTIFICACIÓN DE CASOS Y DERIVACIÓN

 

1.- DETECCIÓN: identificación de caso ante la presencia de señales de alerta.

2.- DERIVACIÓN A SICÓLOGA DEL ESTABLECIMIENTO para aplicación de Pauta para la Evaluación y Manejo del Riesgo Suicida u otro mecanismo conforme lo evalúe la especialista.

3.- ATENCIÓN SICÓLOGA: valoración del riesgo e información a padres y/o apoderados. Paralelamente reunión con el Director del CCAV.

  • Riesgo inminente: Aviso el mismo día al servicio de urgencia más cercano. Aviso a los padres.
  • Riesgo alto: Aviso a los padres para que, durante el día, coordinen la atención con un especialista.
  • Riesgo medio: Aviso a los padres durante la semana.

 

 

 

POSTVENCIÓN: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN TRAS EL SUICIDIO DE UN O UNA ESTUDIANTE.

 

Paso 1: Activación del protocolo

  • El director del establecimiento educacional, o quien este designe, coordinará la activación del protocolo de forma inmediata y convocará a una primera reunión con los actores relevantes.

Paso 2: Informarse de lo sucedido y contactar a los padres

  • El director del establecimiento educacional o quien este designe, verificará los hechos.
  • La información sobre la causa de la muerte no debe ser revelada a la comunidad estudiantil hasta que la familia haya sido consultada sobre la información oficial.
  • Si la muerte ha sido declarada como un suicidio, pero la familia no quiere divulgarlo, se consensuará la información que se dará hacia la comunidad educativa.
  • A corto plazo, se deben resolver los temas administrativos pendientes entre el establecimiento educacional y la familia del/la estudiante de manera de asegurarse que la familia no vuelva a ser contactada por el establecimiento salvo en casos estrictamente necesarios

 

Paso 3: Atender al equipo escolar: comunicación y apoyo

  • El director, tan pronto como sea posible, organizará una reunión con los docentes y asistentes de la educación del establecimiento educacional, en la que se comuniquen los hechos con claridad y los pasos a seguir.

Paso 4: Seguimiento y evaluación

  • El equipo a cargo de la implementación del protocolo, debe realizar seguimiento y evaluación de las acciones realizadas, aprender de los obstáculos y adaptar los procedimientos.

ANEXO EDUCACIÓN PARVULARIA

FUNDAMENTACIÓN

En la primera infancia, niños y niñas comienzan a desarrollar aspectos sobre su identidad, adquiriendo los hábitos que se espera perpetúen para toda la vida. La experiencia social se fortalece en las relaciones con sus compañeros y con otros adultos que actúan como mediadores en el proceso de aprendizaje.

En este anexo, el Cambridge College Antonio Varas ha incorporado elementos que regulan las actuaciones de cada uno de los miembros que participan de la educación Parvularia, con el fin de potenciar el buen trato y el saber convivir para aprender de una manera sana y armónica.

Se deben considerar los siguientes aspectos en cuanto a deberes y derechos:

  • CONVIVENCIA ESCOLAR: se sostiene que todo (a) estudiante tiene el derecho de aprender en un ambiente de respeto, pudiendo expresar su opinión. Además, tiene derecho a no recibir tratos vejatorios, degradantes o de maltrato psicológico y a que se respete su integridad física y moral, su libertad personal y de conciencia. Respecto de sus deberes, se espera que el estudiante y su familia brinden un trato digno, respetuoso y no discriminatorio hacia todos los integrantes de la comunidad educativa, colaboren y cooperen en mejorar la convivencia escolar, estableciendo diálogos positivos con el (la) estudiante y respetando los conductos regulares establecidos. La comunicación debe ser siempre en el orden establecido: educadora, coordinadora académica, encargada de convivencia o jefa de UTP, director. Se debe respetar el reglamento de convivencia y las normas establecidas en él.
  • BIENES MATERIALES: Tienen derecho a utilizar la infraestructura y servicios del colegio de acuerdo con las normas internas del colegio. Del mismo modo, es deber del estudiante y su familia, cuidar la infraestructura educacional, como el mobiliario, el material didáctico, los libros de biblioteca, los materiales propios y de los otros integrantes de la comunidad educativa.
  • APRENDIZAJE: tiene derecho a recibir una educación de calidad, según los Planes y Programas del Mineduc y alineados con el Proyecto Educativo del Colegio. Asistir a clases, esforzarse por responder en todo el proceso de enseñanza y aprendizaje, responsabilizarse en el cumplimiento de normas, deberes escolares, horarios; entre otros.

DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS

  • A ser informados por el sostenedor, los directivos y docentes a cargo de la educación de sus estudiantes respecto de los rendimientos y del proceso educativo, así como del funcionamiento del colegio.
  • Derecho a asociarse libremente con la finalidad de lograr una mejor educación para sus hijos.
  • Recibir un trato respetuoso por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.
  • A ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda.

DEBERES DE PADRES Y APODERADOS

  • Educar a sus hijos o pupilos, apoyar sus procesos educativos, cumplir con los compromisos asumidos con el colegio. Deberá procurar que su hijo o pupilo, cumpla con sus exigencias escolares, por ejemplo: puntualidad, uniforme, asistencia y evaluaciones.
  • Asistir de manera obligatoria a las reuniones de padres y/o apoderados, en forma presencial o virtual, según lo defina el establecimiento educativo. La inasistencia a estas sin justificación previa, podría ser considerada como una posible vulneración de derechos hacia su hijo(a). Lo mismo se considera en caso de no presentación a las entrevistas personales.
  • Participar de las actividades que determine el colegio, acompañando a su hijo(a) y fomentando su participación en las actividades.
  • Firmar y dar respuesta a todas las comunicaciones enviadas, vía agenda.
  • Informarse, respetar y contribuir a dar cumplimiento a la normativa interna del colegio.
  • El apoderado deberá respetar los procedimientos formales de comunicación.
  • Brindar un trato respetuoso a todos los integrantes de la comunidad escolar.
  • En caso de maltrato de un apoderado a un menor de la comunidad escolar, el colegio deberá activar el protocolo de maltrato de adulto a menor. En caso de maltrato de un apoderado a un funcionario del colegio se llamará a Carabineros y adoptarán medidas de resguardo, tal como el cambio de apoderado.
  • Contribuir al bienestar integral y al desarrollo psicológico, físico y moral del niño o niña.
  • Apoyar el desarrollo socioemocional de su hijo(a).
  • Fomentar valores y actitudes prosociales en su hijo(a); como es el respeto, empatía, la solidaridad, el trato afectuoso, autorregulación de emociones, honestidad, compartir, colaboración y el diálogo.
  • Favorecer la resolución colaborativa de los conflictos.

En caso de que el apoderado o su suplente no concurra a las citaciones realizadas, en cualquier modo que se efectuare, se procederá de la siguiente manera: envío de mail, quien deberá dar respuesta en el plazo de 24 horas. De no ocurrir, especialmente en el caso de adopción de medidas, se enviará carta certificada al domicilio del apoderado, con lo que el apoderado asume y reconoce la medida establecida. La medida disciplinaria se considera notificada desde la fecha de recepción en el domicilio del apoderado. A partir de esto, se definirá un plazo de 15 días para dar curso a la misma.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SITUACIONES DE SALUD

  1. El apoderado deberá retirar al estudiante del colegio cuando presenta una enfermedad o descompensación física/emocional que ponga en riesgo su integridad y/o la de algún miembro de la comunidad.
  2. El apoderado es responsable de informar a la Dirección del colegio cualquier situación especial de enfermedad o dificultad psicológica o emocional por la que atraviese el estudiante. Se mantendrá en reserva la información; sin embargo, se definirán las mejores estrategias para comunicar a los adultos que participan directamente del proceso de enseñanza y aprendizaje las posibles acciones de monitoreo.
  3. El apoderado deberá gestionar apoyo especializado para hijo o hija cuando el colegio le presente la necesidad de ello. El incumplimiento de este deber, obstaculiza el desarrollo educativo y/o emocional del estudiante.

NORMAS DE CONVIVENCIA: FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS

El objetivo de establecer normas es posibilitar ambientes propicios para el aprendizaje y desarrollo sano y armónico de los estudiantes. Que, desde una creciente autonomía, identifiquen y asuman las consecuencias de sus acciones, desde el reconocimiento de su propia responsabilidad en la sana convivencia. Para ello, el (la) estudiante debe:

  1. Aceptar normas y reglas dentro de la sala.
  2. Mantener buenas relaciones interpersonales con sus pares, con Educadora y Tecnóloga.
  3. Mantener un lenguaje adecuado a su edad, tanto en la sala de clases como fuera de ellas.
  4. Autorregular conductas agresivas frentes a sus pares, Educadora y Tecnólogas.

MEDIDA FORMATIVA

El objetivo de este tipo de medidas es que el (la) estudiante pueda comprender y/o tomar conciencia del tipo de conducta que debe desarrollar para un buen convivir, asumiendo sus errores y compromisos honestos para reparar el daño que pudo haber cometido.

Las medidas deben ser graduales, ajustadas a la edad del estudiante y en coherencia con las faltas. En una primera instancia, estas deben ser consensuadas con la familia, pero ante la reiteración de estas, la decisión sobre la aplicación, será asumida por el director del colegio y el Comité de Convivencia Escolar. En cualquier caso, las decisiones deberán quedar en acta y deberá ser firmadas por las partes involucradas.

Se pretende promover el aprendizaje temprano de la resolución pacífica de los conflictos, el valor de compartir con otros, jugar y relacionarse con sus pares sanamente. Además, de fomentar medidas formativas para favorecer el desarrollo progresivo de la empatía y la comprensión de las normas.

Medidas formativas:

  1. Conversación individual con el alumno: Esta conversación tiene por objetivo que el alumno pueda entender la inconveniencia de su conducta. Se dejará constancia de esta conversación.
  2. Compromiso colegio- alumno: El alumno y/o sus familias realizarán un compromiso con el adulto que aplique la medida para que la falta cometida no se reitere.
  3. En casos reiterados, será llamado el apoderado a una entrevista con la educadora o a dirección si es necesario.
  4. Derivación a especialistas externos: El adulto que aplique las medidas podrá derivar con especialistas de programas externos al establecimiento o coordinar con redes de apoyo.

RESTRICCIONES EN LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN PARVULARIA

“En el nivel de Educación Parvularia, la alteración de la sana convivencia entre niños y niñas, como asimismo entre un párvulo y un integrante de la comunidad educativa, no da lugar

a la aplicación de ningún tipo de medida disciplinaria en contra del niño o la niña que presenta dicho comportamiento, por cuanto, éste se encuentra en pleno proceso de formación de su personalidad, de autorregulación y de aprendizaje de las normas que regulan su relación con otros. En esta etapa, es clave el aprendizaje de la resolución pacífica de conflictos, lo que implica aprender a compartir, a jugar y relacionarse con el entorno social y cultural” (Circular N° 860 que imparte Instrucciones sobre Reglamentos Internos de los Establecimientos Educacionales Parvularios).

DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS QUE CONSTITUYEN FALTAS A LA BUENA CONVIVENCIA, MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS

FALTAS LEVES

Para EDUCACIÓN PARVULARIA se consideran las siguientes conductas de carácter leve que afectan a la convivencia escolar:

  1. No realizar las actividades escolares.
  2. Impedir el desarrollo de la rutina diaria.
  3. Ensuciar salas de clases y otras dependencias del colegio.
  4. Dirigirse a lugares no permitidos.
  5. Empleo de lenguaje inadecuado o grosero.
  6. Molestar o burlarse verbal o físicamente a compañeros u otros miembros de la comunidad.
  7. Traer objetos de valor que no han sido solicitados (dinero, artículos tecnológicos, etc.)
  8. No devolver en el tiempo establecido implementos del aula.

Medida asociada:

  1. Amonestación verbal, evidenciando en la conversación con el estudiante cuál fue la falta cometida. Se realiza registro en el libro de clases y se informa a apoderados, vía agenda de comunicaciones. Si el alumno no la tiene en ese momento, se envía correo electrónico.
  2. En caso de faltas reiteradas se cita al apoderado a una entrevista personal con la educadora. Si persiste la falta, la entrevista estará a cargo de la encargada de convivencia o la coordinadora académica.
  3. El apoderado deberá asumir el compromiso de acompañar al (la) estudiante en el proceso de acatar la medida asociada a su falta: restitución y/o elaboración de material; desarrollo de trabajo reflexivo; entre otros, y de mediar el cambio de conducta.

El debido proceso para llevar a cabo la medida asociada a la falta leve, es el siguiente:

  1. El adulto, docente o directivo, que observa la falta, informa de la situación a la educadora jefe.
  2. El adulto a cargo, docente o directivo, genera el espacio para que el (la) estudiante explique sus actos, pudiendo ser fuera de la sala de clases, en casos de conductas que afecten o involucren a otros.
  3. El adulto propicia la reflexión del estudiante para el reconocimiento de que ha incurrido en una falta leve.
  4. Docente, encargada de convivencia o coordinadora realizan registro en el libro de clases. A través de la libreta de comunicaciones se informa al apoderado. Como alternativa, también puede ser informado vía correo electrónico.

FALTAS GRAVES

Para EDUCACIÓN PARVULARIA se consideran las siguientes conductas de carácter grave, dado que afectan la convivencia escolar:

  1. Atrasos reiterados al inicio y término de la jornada.
  2. Salir de clases sin autorización.
  3. Dirigirse en forma grosera y/o soez a un miembro de la comunidad educativa.
  4. Rayar y/o dañar la infraestructura, bienes materiales propios o de otra persona como: textos, cuentos, u otro material pedagógico; y también mobiliario del establecimiento.
  5. Comportamiento irrespetuoso en ceremonias, actos cívicos u otras celebraciones.

Medida asociada:

  1. Registro en la hoja de vida y en libreta del alumno para que el apoderado tome conocimiento de la conducta.
  2. Se establece una medida formativa acorde a la falta, lo cual es responsabilidad del director y/o encargado de convivencia. Se informa al apoderado.
  3. Restitución del bien material.
  4. El apoderado deberá asumir el compromiso de acompañar al estudiante en el proceso de acatar la medida asociada a su falta: restitución y/o elaboración de material desarrollo de trabajo reflexivo, para ser compartido con sus compañeros. Debe haber un cambio de conducta.

El Debido Proceso para llevar a cabo la medida asociada a la falta grave, es el siguiente:

  1. El adulto, que observa la falta informa de lo ocurrido a Educadora.
  2. El/la estudiante/s explica la situación.
  3. La encargada de convivencia o la educadora le hace ver que de acuerdo a la normativa el alumno ha incurrido en una falta grave.
  4. Docente, Coordinadora Académica o Encargada de convivencia realizan registro en el libro de clases.
  5. Se comunica al apoderado la situación ocurrida y se cita a entrevista.
  6. En entrevista con apoderado y estudiante, se acuerda medida formativa y se establece carta de compromiso de mejora de comportamiento, que deben firmar ambos.
  7. Educadora, Coordinadora y/o Encargado de convivencia realizarán seguimiento, dejando registro de éste y socializándolo con quienes corresponda.

FALTAS GRAVÍSIMAS

Para EDUCACIÓN PARVULARIA se consideran las siguientes conductas y hechos de carácter Gravísima, ya que afectan la integridad psicológica de sí mismo y/o otro miembro de la comunidad educativa o que afectan la corrección, responsabilidad o integridad necesaria para mantener un clima escolar que favorezca el pleno desarrollo de sus estudiantes y una convivencia armónica:

  1. Presentar conductas agresivas o pataletas que provoquen lesiones físicas evidentes a sí mismo o a cualquier integrante de la comunidad.
  2. Realizar acciones riesgosas que atenten contra su integridad física o la de otros agentes educativos.
  3. Mentir, disfrazar u ocultar un hecho, alterando la veracidad de este.
  4. Sustraer cualquier objeto de propiedad de algún integrante de la comunidad educativa.
  5. Reiteración de faltas graves.

 

Medidas asociadas:

  1. Registro en la hoja de vida y agenda escolar para que el apoderado tome conocimiento de la conducta.
  2. Se establece una medida formativa acorde a la falta.
  3. El apoderado deberá asumir el compromiso de acompañar al estudiante en el proceso de acatar la medida asociada a su falta (restitución y/o elaboración de material; desarrollo de trabajo reflexivo.
  4. El apoderado deberá mantener informada a la educadora, respecto de las medidas que ha adoptado la familia en relación con los actos de su hijo (a), firmando una carta de compromiso, en coherencia con la(s) falta(s) realizadas(s).

El Debido Proceso para llevar a cabo la medida asociada a la falta gravísima, es el siguiente:

  1. El adulto, que observa la falta informa de lo ocurrido a Educadora.
  2. El (la) estudiante relata la situación.
  3. Educadora y/o Encargada de Convivencia le hace ver que de acuerdo a la normativa ha incurrido en una falta gravísima.
  4. Docente, Coordinadora Académica o Encargada de convivencia realizan registro en el libro de clases.
  5. Se comunica al apoderado la situación ocurrida y se cita a entrevista.
  6. En entrevista con apoderado y estudiante, se acuerda medida formativa y se establece carta de compromiso de mejora de comportamiento, que deben firmar ambos.
  7. Educadora, Coordinadora y/o Encargado de convivencia realizarán seguimiento, dejando registro de este y socializándolo con quienes corresponda.

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR O VIOLENCIA ENTRE MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

Este protocolo se activa frente a la sospecha o denuncia de conductas u omisiones que constituyan o puedan constituir violencia escolar.

Maltrato: cualquier situación que afecte la integridad física y psicológica de niños, niñas y adolescentes.

Acoso escolar: toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición” (artículo 16 B ley 20.536).

No todo hecho de violencia constituye un acto de violencia escolar. Para que sea considerado como tal, deben cumplirse los siguientes requisitos copulativos:

Una acción u omisión de agresión u hostigamiento reiterada realizada por cualquier medio, material o digital, lo que significa que también puede producirse a través de redes sociales, páginas de internet, videos o fotografías, etcétera.

  1. La acción se realiza dentro o fuera del colegio por uno o más estudiantes.
  2. La acción atenta contra otro estudiante que está en posición de inferioridad o indefensión.
  3. La víctima sufre maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave.

Protocolo de Acción en casos de violencia o acoso escolar y ciberbullying

  1. Denuncia de un caso de violencia escolar. Cualquier integrante de la comunidad educativa que tome conocimiento de que algún estudiante está siendo actor o víctima de violencia escolar deberá denunciar este hecho a la Encargada de Convivencia del colegio, a un profesor, orientadora, psicóloga o un integrante del Equipo Directivo. Si se trata de una conducta ejecutada a través de redes sociales o publicaciones en internet, se acompañará a la denuncia copias de los antecedentes que tuviera.
  2. Derivación a la Encargada de Convivencia. El funcionario del colegio que reciba la denuncia deberá formalizar derivación (por escrito) al Encargado de Convivencia Escolar, quien informará inmediatamente al director del colegio. En el caso de que exista sospecha de que los actos de acoso pueden ser a su vez constitutivos de delito, es él quien tendrá la facultad de denunciar los hechos ante la fiscalía, carabineros, o policía de investigaciones, conforme al artículo 175 del Código Procesal Penal, en las 24 horas siguientes de haber conocido los hechos.
  3. La encargada de Convivencia Escolar o quien determine el director en el caso de ausencia de esta, realizará las siguientes acciones en un plazo de dos semanas de clases (14 días):

a) Realizará entrevista con cada estudiante agredido y levantará acta de cada entrevista que será firmada por los estudiantes. En esta entrevista se pondrá especial énfasis en la confianza, con la finalidad de que el alumno afectado encuentre en los adultos responsables del procedimiento, protección suficiente en caso que se sienta inseguro dentro o fuera del establecimiento

b) En el caso de que el supuesto agresor sea una persona mayor de edad, perteneciente algún miembro de la comunidad educativa del establecimiento, se adoptará la medida de separación con el alumno afectado. Si fuere imposible dicha separación, se realizará un monitoreo constante, evitando que el (la) estudiante permanezca a solas con este. El (la) apoderado(a) tendrá conocimiento de la medida y quedará registro de esta.

c) Si el agresor fuera un apoderado u externo del establecimiento educacional, se dispondrá la medida de prohibición de entrada al establecimiento, mientras la supuesta víctima se encuentre en él, y mientras dure el procedimiento.

d) Se citará a los apoderados de cada estudiante agredido sobre la apertura del protocolo. En caso de que algún apoderado no pueda asistir se enviará esta información por agenda escolar y/o correo electrónico.

e) Entrevistará a cada estudiante denunciado como supuesto agresor, bajo la presunción de inocencia hasta el término de la investigación, que será llevada a cabo con la máxima discreción y cautela.

f) Citará a los apoderados de cada estudiante supuesto agresor para informarles de la apertura del protocolo. En caso de que algún apoderado no pueda asistir se enviará esta información por agenda y/o correo electrónico.

g) En conjunto con los miembros del Comité de Convivencia, monitorearán los espacios en que podrían llevarse a cabo estos actos de violencia, con el fin de resguardar al estudiante afectado. Si estos se cometieran en redes sociales o través de internet, se propondrá a los padres del presunto agresor un compromiso de vigilar o limitar el acceso a estas. El incumplimiento de este compromiso se considerará como grave.

h) La encargada de convivencia en conjunto con el equipo directivo, revisarán los antecedentes para la elaboración del informe final, cuya validación podrá darse con la firma y timbre de dos personas que lo hayan revisado. Dicho informe contará con las razones y evidencias que sustenten las decisiones y/o medidas adoptadas. El (la) apoderado(a) será notificado dentro de los siguientes 10 días hábiles siguientes una vez concluida la investigación.

i) La Encargada de Convivencia citará al apoderado, junto con la Coordinadora Académica, para aplicar las medidas formativas, pedagógicas y las sanciones que correspondan de acuerdo a la gravedad de la falta, la edad, el grado de madurez y desarrollo emocional del agresor. Las medidas reparatorias pueden ser pedir disculpas públicas, realizar una acción de apoyo a la víctima, diálogo entre los apoderados, trabajo sobre el buen trato y la empatía, orden de la sala y materiales escolares, apoyo de especialistas externos, entre otros.

j) La profesora jefe y la Encargada de Convivencia Escolar harán seguimiento del cumplimiento de las medidas.

k) Si el (la) apoderado(a) se niega a buscar el apoyo profesional que se requiera, el colegio evaluará la posibilidad de realizar una denuncia a Tribunales de Familia por posible negligencia parental y una consecuente vulneración de derechos.

l) El apoderado podrá solicitar la consideración y reevaluación de las medidas adoptadas.

Protocolo de Acción frente a agresión (sexual) o hechos de connotación sexual entre pares

Este protocolo establece cómo debe actuar el colegio frente a una posible situación de agresión sexual o hechos de connotación sexual entre pares, en que se vean involucrados estudiantes de la comunidad educativa, cualquiera sea el espacio en donde se hubiese concretado la vulneración y sin tomar en cuenta la fecha en que ocurrieron.

  1. Apertura del protocolo: En el caso de que cualquier miembro de la comunidad educativa tome conocimiento o sospecha de una agresión sexual o hechos de connotación sexual entre pares, deberá informar inmediatamente por escrito al director y/o a la Encargada de Convivencia, quienes serán los responsables de la activación del protocolo. El objetivo será indagar sobre los hechos denunciados con el fin de adoptar las medidas de protección respecto de estudiantes que pudieran verse afectados. En ningún caso se buscará determinar responsabilidades penales ni sanciones, al tratarse de párvulos en proceso de desarrollo.

Para esta investigación se realizarán las siguientes acciones:

  1. Entrevistar al alumno afectado en compañía de sus padres y/o apoderados.
  2. Entrevistar al alumno acusado en compañía de sus padres y/o apoderados.
  3. La Dirección del colegio deberá enviar los antecedentes del caso a la OPD Providencia, con quienes coordinará las acciones preventivas.
  4. El establecimiento tiene la obligación de resguardar el derecho a la privacidad e intimidad de él o los estudiantes, permitiendo que se encuentre siempre acompañado, si es posible, por sus padres y/o apoderados. Se deberá cuidar de exponer la experiencia del estudiante frente al resto de la comunidad, evitando la revictimización y velando siempre por el interés superior del niño.
  5. De la misma manera, el establecimiento tiene la obligación de resguardar la identidad del acusado o de quien aparezca involucrado en los hechos. Por lo tanto, no podrá, bajo ninguna circunstancia, individualizar al acusado a través de ningún tipo de comunicación pública o privada.
  6. Seguimiento: durante el tiempo que dure la investigación a cargo del organismo público, la Encargada de Convivencia (con el apoyo del equipo directivo) realizará acciones que permitan apoyar la evolución de la situación pesquisada.
  7. Dentro de los 7 días siguientes a la realización de la denuncia se deberá citar a reunión al padre, madre y/o apoderado para que, conjuntamente, se tomen acuerdos y, si es necesario, se coordine con las instituciones especializadas en estos temas. Se podrán adoptar medidas formativas y/o de apoyo psicosocial a los estudiantes que estén involucrados en los hechos que originan la activación del protocolo y que sean coherentes con las faltas establecidas en este Reglamento Interno. Se considerarán los principios de proporcionalidad y gradualidad.
  8. El responsable de aplicar el presente protocolo podrá iniciar un proceso de mediación o de entrevistas individuales (según estime conveniente de manera de preservar la intimidad de él o los afectados) y será responsable de conducir el proceso.
  9. Se levantará un acta con los compromisos y acuerdos adoptados.

Protocolo de maltrato de un adulto a un estudiante

Este protocolo se activa frente a la sospecha o denuncia de conductas u omisiones que constituyan o puedan constituir un maltrato realizado por un adulto de la comunidad escolar a un estudiante.

El adulto puede ser un funcionario del colegio, un miembro del equipo directivo, un padre, apoderado o familiar de un estudiante.

El Director del colegio designará a un miembro del equipo directivo, para que en conjunto con la Encargada de Convivencia Escolar, active el protocolo.

El Protocolo de Acción es el siguiente:

  1. Denuncia de un caso de maltrato. Cualquier integrante de la comunidad educativa que tome conocimiento de que algún estudiante está siendo víctima de maltrato de parte de un adulto de la comunidad escolar deberá denunciar este hecho a la Encargada de convivencia, a un profesor, orientadora, psicóloga o un integrante del Equipo Directivo.
  2. Derivación a la Encargada de Convivencia, orientadora o quien designe el director. El funcionario del colegio que reciba la denuncia deberá formalizar derivación, por escrito, con indicación de los hechos y de los presuntos implicados. Si existe sospecha de vulneración de derechos el plazo de denuncia ante Tribunales de Familia será de 24 horas desde la toma de conocimiento del hecho.

El (la) encargado (a) designado(a) realizará las siguientes acciones en un plazo de 15 días hábiles:

  1. Informará al equipo directivo de la activación del protocolo.
  2. En caso de que el adulto acusado de maltrato sea un miembro del equipo directivo se deberá informar el hecho a la encargada de convivencia escolar, quien activará el protocolo y realizará una investigación del hecho denunciado, reuniendo todos los antecedentes que estime necesario. Especialmente, deberá citar al estudiante afectado y a su apoderado.
  3. Citará a los apoderados del estudiante para informarle sobre la apertura del protocolo. En caso de que algún apoderado no pueda asistir se enviará esta información por agenda escolar y/o correo electrónico. El apoderado deberá ser informado del avance de la investigación, a través de reuniones o vía correo electrónico. Se levantará acta de las reuniones, que serán firmadas por el apoderado.
  4. En caso de que se visualice que los hechos denunciados constituyen una vulneración de derechos, se informará a las instituciones que para ello se estime: OPD, Tribunales, carabineros, policía de investigaciones. El director o quien haya sido designado para su representación tendrá 24 horas, contadas como día hábil, para realizar la denuncia.
  5. Se tomarán las medidas de resguardo que consisten en evitar el contacto entre el adulto acusado con el estudiante. En caso de que la normativa laboral no permita aislar al adulto, siempre estará acompañado de otro adulto que defina el equipo directivo
  6. Finalización de la investigación: se entregará el informe de conclusión al apoderado del estudiante afectado y comunicará las medidas adoptadas, en un máximo de 10 días hábiles, una vez que se haya terminado con la investigación.

PROTOCOLO DE DENUNCIA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS A MENORES

Este protocolo se activa cuando cualquier funcionario del colegio (ya sea docente, administrativo o directivo) tome conocimiento o sospeche una posible privación, perturbación o amenaza de algún derecho de un niño o niña, que esté ocurriendo o haya ocurrido tanto al interior como al exterior del establecimiento.

  1. El Director, al tomar conocimiento de los hechos que podrían estar vulnerando derechos de menores, deberá derivar a la encargada de convivencia escolar, sicóloga, orientadora o a otro miembro del equipo directivo, quien será la responsable de la aplicación del protocolo.
  2. El director, o persona designada por este, deberá entrevistar al alumno, con la finalidad de poder conocer la situación del alumno presuntamente vulnerado.
  3. El director, o persona designada por este, deberá contemplar medidas de resguardo que podrían ser formativas, pedagógicas y/o de apoyo psicosocial en beneficio del alumno afectado o involucrado en hechos que activaron el protocolo. Estas medidas deben considerar la edad y el desarrollo emocional del (la) estudiante, resguardando el interés superior del niño.
  4. Posterior a la entrevista con el alumno, deberá citar telefónicamente o vía correo electrónico, con carácter urgente, al apoderado para conocer su versión de los hechos denunciados. La citación a los apoderados podrá no realizarse cuando dicha situación pueda ser perjudicial para el alumno.
  5. Frente a casos en que se sospecha de vulneración de derechos y/o hechos que sean considerados como posible delito, se deberá hacer la denuncia por escrito, dentro de las 24 horas siguientes al conocerse los hechos. La denuncia puede realizarse ante el Tribunal de Familia, Oficina de Protección de Derechos (OPD), Carabineros o la Policía de Investigaciones.
  6. Frente a situaciones en que existen ciertos indicadores que podrían dar cuenta de vulneración de derechos, pero no existen sospechas fundadas, la persona encargada podrá realizar acciones que le permitan recabar mayor información y deberá pronunciarse en un plazo máximo de 30 días hábiles frente a los hechos denunciados, luego de realizar acciones que permitan aclararlos, resolverlos y pronunciarse, con el fin de dar solución.
  7. Una vez recibidos los antecedentes, se deberá citar a las partes a reunión para establecer acuerdos, con lo que se podrá suspender la indagación y realizar compromisos. La adopción de medidas deberá responder a acciones de negociación, arbitraje y/o mediación. Si no hubiese acuerdo, se deberá oír a los involucrados y se aplicarán medidas de apoyo tanto a la víctima como al agresor: seguimiento y acompañamiento, por ejemplo.
  8. Se debe llevar registro escrito, manteniendo el resguardo de la integridad, intimidad y/o privacidad.
  9. Si tras la investigación y, habiéndose informado a los padres y/o apoderados, no se percibe (directa o indirectamente) adherencia de parte de la familia, el director decidirá si procede formalizar una denuncia.
  10. Si los padres realizan la denuncia, deberán hacer entrega al director del establecimiento, el comprobante de esta acción.
  11. La encargada de convivencia escolar realizará monitoreo hasta dos meses después de haber adoptado las medidas.
  12. Si el presunto responsable de la vulneración es un funcionario del establecimiento, el director podrá disponer el cese de las funciones de trato directo con el (la) estudiante afectado (a), pudiendo trasladarlo a otras labores o a funciones fuera del aula, otorgar u otra acción que no signifique menoscabo.

En cualquier caso que tenga alguna connotación de agresión sexual, se aplicará la presunción de inocencia, según lo establece la ley, a toda aquella persona sindicada como presunto(a) agresor (a). Por lo anterior, la sola denuncia no es causal de despido del trabajador de acuerdo al Código del Trabajo, si se trata de un funcionario del establecimiento. Sin embargo, mientras dure la investigación y el proceso propiamente tal, el colegio tomará medidas de prevención como destinarlo a otras funciones que no impliquen contacto con el menor, permiso sin goce de sueldo; entre otras.

Si la situación fue cometida por un menor de 14 años, se dará cuenta al Juzgado de Familia correspondiente.

PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES

 

La seguridad escolar es el conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas al desarrollo del autocuidado y a la prevención de riesgos. Involucra algunos conceptos que es necesario tener en cuenta:

Autocuidado: capacidad progresiva que tienen niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos de tomar decisiones, respecto de la valoración de la vida, de su cuerpo, de su bienestar y de su salud, así como el desarrollo de prácticas y hábitos para mejorar para manejar su propia seguridad y con ello, prevenir riesgos.

Prevención: son todas aquellas actividades destinadas a suprimir o evitar, en forma definitiva, que sucesos naturales o generados por la actividad humana causen daño. La conforman todas las medidas destinadas a otorgar mejores condiciones de seguridad al establecimiento educacional y su entorno.

Prevención de Riesgos: preparación de medidas para anticiparse y minimizar un daño que es posible que ocurra; en el ámbito de la seguridad escolar, la prevención de riesgos implica que la comunidad educativa, en su conjunto, sea capaz de comprender y desarrollar recursos para identificar los riesgos, evitarlos, mitigarlos y de responder, en forma efectiva, ante sus consecuencias.

 

Accidente escolar: toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de que le produzca incapacidad o muerte.

Seguro de accidentes escolares:

 

Es un beneficio que garantiza prestaciones médicas a estudiantes que sufren un accidente a causa o con ocasión de sus estudios. Los estudiantes también quedan protegidos durante el trayecto entre su domicilio y el recinto educacional.

Todos los estudiantes regulares de colegios están cubiertos por este seguro, con excepción de los períodos de vacaciones.

Las prestaciones médicas son realizadas en postas u hospitales del Servicio de Salud en forma gratuita. En nuestro caso, los estudiantes serán derivados al Hospital Calvo Mackenna, previo llamado al apoderado para que concurra a la brevedad posible.  En el caso de que los apoderados hayan contratado un seguro particular, serán trasladados al recinto por los mismos padres, siempre que no se trate de una urgencia vital.

En la eventualidad de que un estudiante sufra un accidente escolar, se deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Cualquier integrante de la comunidad educativa tiene el deber de auxiliar a otro integrante de la comunidad que ha sufrido un accidente, sin embargo, la responsabilidad de activar este protocolo será del adulto a cargo del estudiante.
  2. En el caso de que un estudiante sufra un accidente escolar, deberá dar cuenta de ello en el instante al adulto si su estado de salud lo permite.
  3. El adulto a cargo del estudiante accidentado deberá informar inmediatamente al equipo directivo.
  4. El equipo directivo evaluará el nivel de gravedad del accidente distinguiendo:
  • Si existe riesgo de vida del estudiante cualquier miembro del equipo directivo llamará a una ambulancia. Si en el colegio algún funcionario tuviera conocimiento de primeros auxilios, los aplicará. En el mismo momento se contactará al apoderado del estudiante para comunicarle lo sucedido y su deber de acompañar a su pupilo.
  • Si no hay riesgo de vida del estudiante, pero requiere atención médica, el equipo directivo organizará el traslado del estudiante al centro de salud más próximo al colegio.
  1. El colegio completará la Declaración Individual de Accidente Escolar, siempre que los apoderados definan que el estudiante será atendido en un centro de salud privado.
  2. Frente a la enfermedad de un estudiante, algún miembro del colegio se contactará con el apoderado para informarle que debe retirar al estudiante.
  3. Los apoderados deberán mantener toda la información actualizada en su agenda y ficha personal,

COMUNICACIÓN ENTRE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

  1. A) COMUNICACIÓN CON EL APODERADO.

El medio formal de comunicación será a través de la agenda escolar proporcionada por el colegio. En algunos casos, se podrán utilizar medios como mensajes de textos y correos electrónicos institucionales.

  1. B) COMUNICACIÓN DEL APODERADO AL COLEGIO

La comunicación debe dirigirse en primer lugar a la Educadora por medio de la agenda escolar. En caso de no obtener respuesta, el apoderado debe solicitar entrevista al correo de secretaría para exponer su situación, desde donde se derivará a quien corresponda.

En caso de no obtener respuesta, debe solicitar entrevista con la Coordinadora Académica. Si se estima indispensable, debe solicitar entrevista con la Jefa de UTP. En el caso de que, habiendo seguido el conducto regular, considere que no se ha dado una respuesta oportuna, puede requerir una entrevista con el director.

UNIFORME Y ROPA DE CAMBIO

a- El estudiante debe ingresar al colegio respetando los horarios establecidos.

b- Portar la agenda escolar a diario.

c- Usar el uniforme del colegio, el que consiste en uso del buzo oficial del colegio.

e- El personal del establecimiento no está autorizado para efectuar cambios de ropa ni aseo a los estudiantes. En caso de requerirlo, porque al apoderado le resulta imposible asistir, el establecimiento debe solicitar previa autorización al apoderado.

PROCEDIMIENTO PARA RETIRO DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL HORARIO DE CLASES

Este procedimiento se aplica cuando el estudiante es retirado antes de que termine su jornada

escolar:

  1. El apoderado deberá enviar una comunicación por escrito, a través de la agenda escolar, la cual se exhibirá a primera hora en el colegio, para efectos de orden y seguridad.
  2. El apoderado no podrá hacer frecuentes los retiros de su pupilo, durante la jornada escolar.

JUSTIFICACIÓN DE LA INASISTENCIA A CLASES

La educación es un derecho de todas las personas. Corresponde preferentemente a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos.

  1. La inasistencia a clases es responsabilidad de los padres y/o apoderados, pudiendo ser citados por los tribunales de familia para explicar las razones y fundamentos. El colegio está obligado por ley a denunciar este hecho en tribunales.
  2. Para ser promovido se debe contar con un mínimo de 85% de asistencia.
  3. Toda inasistencia a clases debe ser justificada por el apoderado a través de la agenda escolar.
  4. La justificación por enfermedad, control médico o dental debe hacerse con el certificado médico entregado en el colegio el primer día de reintegro a clases.
  5. La no presentación de justificativos será considerada una falta grave y causal de citación del apoderado al colegio.